El Diario Oficial de Galicia recoge hoy las estructuras orgánicas, que entrarán en vigor mañana

La Xunta publica los decretos que establecen las estructuras orgánicas de la consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud

Se crea la Subdirección General de Atención a la Salud Mental en el Servicio Gallego de Salud, que se encargará de establecer fórmulas organizativas y programas asistenciales para una atención integral e integrada

La Dirección General de Salud Pública contará con tres subdirecciones generales, además del Centro Gallego para el Control y Prevención de las Enfermedades y del Servicio de Información de Salud

La atención primaria se presenta como un elemento clave y fundamental en un modelo con un componente comunitario y social inherente a las necesidades actuales de la ciudadanía

La voz y las necesidades de los pacientes y de sus asociaciones serán también un objetivo principal en la nueva organización

Se crea la Unidad de Procesos de Enfermería, dependiente de la Dirección General de Asistencia Sanitaria, que ofrecerá un servicio transversal de soporte en la elaboración, control y seguimiento de los cuidados y tendrá funciones de coordinación

El nuevo Servicio de Gestión Inteligente del Dato y la Inteligencia artificial canalizará la incorporación de las tecnologías bigdata, opendata e inteligencia artificial al sistema sanitario

Se apuesta por fomentar la humanización en la asistencia sanitaria, con una concepción integral de salud, y poniendo a la ciudadanía y al paciente como centros del sistema

Santiago de Compostela, 27 de mayo de 2024

El Diario Oficial de Galicia publica, en su edición de este lunes, los dos decretos por los que se establecen las estructuras orgánicas de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud.

La Consellería de Sanidad, concretamente, dispondrá de una estructura directiva de la que forman parte como órganos superiores a persona titular de la Consellería, la Secretaría General Técnica, la Dirección General de Salud Pública y la Dirección General de Planificación y Reforma Sanitaria. Por lo que se refiere a la estructura periférica, se mantiene la existente hasta el momento, con las direcciones territoriales de A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra.

Con respeto al modelo organizativo, la Consellería de Sanidad dispondrá de una organización administrativa que actúe con eficacia en la gestión de los servicios que tiene encomendados, conforme a los criterios de austeridad y eficiencia que tiene establecidos la Xunta de Galicia.

Así, se mantiene el criterio de separar la planificación, la ordenación, la financiación y la evaluación de la gestión del sistema público de salud de Galicia, que corresponde a la Consellería de Sanidad, así como las competencias en materia de salud pública. El Servicio Gallego de Salud, por su parte, se encargará de la gestión de recursos y de la realización de las prestaciones sanitarias.

El decreto de estructura orgánica de la Consellería se componen de un total de 27 artículos, divididos en cuatro capítulos. El capítulo primero se dedica a la determinación del ámbito competencial, el segundo establece y regula sus órganos centrales, mientras que el tercero establece los órganos colegiados. El capítulo cuarto regula la organización periférica de la consellería.

El texto tiene tres disposiciones adicionales, en virtud de las que se integra, de manera activa, la dimensión de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y la garantía de mantenimiento de la antigüedad en el puesto de trabajo de origen en el supuesto de cambio de denominación o adscripción a causa de este decreto.

Junto al anterior, se establecen previsiones de cara a la dotación de efectivos del Centro Gallego para el Control y Prevención de las Enfermedades, que se crea en este decreto con nivel orgánico de subdirección general dependiente de la Dirección General de Salud Pública.

También consta el decreto de seis disposiciones transitorias, una disposición derogatoria  y dos disposiciones últimas.

Tal y como se señala en el texto publicado en el Diario Oficial de Galicia, quedan adscritos a la Consellería de Sanidad, el Servicio Gallego de Salud, la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud y la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos.

La Dirección General de Planificación y Reforma Sanitaria pasará a contar con dos subdirecciones generales: la de Planificación Sanitaria y Aseguramiento; y la de Reforma Sanitaria.

Por su parte, la Dirección General de Salud Pública, para el cumplimiento de sus competencias, contará con las siguientes subdirecciones generales: la de Gestión, Calidad e Innovación; la de Salud Ambiental y Seguridad Alimentaria; la de Estilos de Vida Saludables; y el Servicio de Información de Salud, además del ya señalado Centro Gallego para el Control y Prevención de las Enfermedades, que será el órgano técnico especializado responsable del asesoramiento y coordinación de las estructuras y políticas de salud pública.

Además, el decreto regula los órganos colegiados, entre los que están el Consejo Gallego de Salud y el Consejo Asesor del Sistema Público de Salud de Galicia.

Como novedad, se crea el Servicio de Gestión Inteligente del Dato y la Inteligencia artificial, dependiente de la Secretaría General Técnica de la Consellería, que será el encargado del desarrollo e impulso de planes, proyectos y actuaciones para la incorporación de las tecnologías de empleo masivo de los datos (bigdata), los datos abiertos (opendata) y la inteligencia artificial.

Este servicio también se ocupará de establecer las normas, metodologías y estándares de gestión que deben aplicar en los espacios de datos de salud, tanto regionales como su integración en los espacios de datos nacionales y europeos; del diseño, desarrollo, adquisición, mantenimiento de los sistemas de información y elementos tecnológicos de carácter corporativo o transversal para la gestión inteligente y abierta del dato; de la gestión del procedimiento de entrenamiento de los sistemas de inteligencia artificial y de los datos necesarios para eso; y de la gestión de la oficina del dato y de la oficina de inteligencia artificial.

Estructura del Servicio Gallego de Salud

Por lo que respeta al decreto que establece la estructura orgánica del Servicio Gallego de Salud, este consta de un total de 25 artículos, divididos en cuatro capítulos, dos disposiciones adicionales, cinco disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y dos disposiciones últimas.

El Servicio Gallego de Salud se configura como un organismo autónomo de naturaleza administrativa, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, adscrito a la Consellería de Sanidad, que ejercerá su dirección y control.

La integración en la Consellería obedece a una reordenación funcional con el objetivo de mejorar la agilidad, la operatividad y la eficiencia del sistema.

La estructura orgánica confirma el firme compromiso del Servicio Gallego de Salud de implantar programas para promover la humanización de la asistencia sanitaria mediante la personalización de la atención del paciente a lo largo de su proceso asistencial, con una concepción integral de la salud y de los determinantes que inciden en ella, y poniendo la ciudadanía y el paciente como centros del sistema.

La cercanía, el liderazgo afectivo y la personalización de la atención sanitaria serán valores que se potencian en el nuevo modelo de prestación de servicios asistenciales. Por lo tanto, los requerimientos, inquietudes, demandas y expectativas de los pacientes son el motor principal del actual cambio, que queda reflejado en la estructura organizativa publicada hoy en el Diario Oficial de Galicia.

La estructura de los servicios centrales del Servicio Gallego de Salud se articula alrededor de una gerencia, con categoría de dirección general, y tres direcciones generales: la de Asistencia Sanitaria, la de Recursos Humanos y la de Recursos Económicos.

Se establecen, asimismo, los órganos colegiados y los órganos de coordinación, como es el caso del Consejo Asesor de Pacientes.

La estructura del Servicio Gallego de Salud también está conformada por los órganos periféricos de dirección: las gerencias de las áreas sanitarias y la dirección de los distritos sanitarios.

Subdirección General de Atención a la Salud Mental

Con el objetivo de potenciar los programas asistenciales que consigan una atención integral e integrada de los recursos en materia de salud mental, el departamento sanitario gallego eleva al rango de subdirección general a asistencia en este ámbito.

Así, la Subdirección General de Atención a la Salud Mental, dependiente del Servicio Gallego de Salud, será la encargada de establecer nuevas fórmulas organizativas y programas asistenciales que consigan una atención integral e integrada de los recursos de salud mental en el Servicio Gallego de Salud.

También le corresponderá el seguimiento y supervisión de las actividades de las Comisiones multidisciplinares de prevención del suicidio de las áreas sanitarias del Servicio Gallego de Salud; el desarrollo, control y seguimiento de las actuaciones sanitarias en relación con la salud mental en los centros sanitarios, así como la red de centros de drogodependencias; y la coordinación, la definición y la elaboración de los objetivos asistenciales de los acuerdos de gestión de la atención a la salud mental en coordinación con los órganos de dirección de la Consellería, además de su seguimiento y evaluación periódica.

Unidad de Procesos de Enfermería

Este departamento será un servicio transversal y de soporte en la elaboración, control y seguimiento en los procesos asistenciales de cuidados que depende orgánica y funcionalmente de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y ejercerá sus funciones en coordinación con el resto de subdirecciones generales de dicha dirección general y órganos de dirección de la Consellería de Sanidad.

La Unidad de Procesos de Enfermería tiene como fin garantizar la continuidad en los cuidados de enfermería a través del trabajo en equipos interdisciplinares en coordinación con los órganos de dirección de la Consellería, formados por diferentes profesionales de los servicios sanitarios, fomentando la máxima participación del/de la paciente y de su entorno; el desarrollo, implantación y seguimiento de programas de cuidados y de intervenciones proactivas para una atención integral de los pacientes en situación de cronicidad o fragilidad multidimensional; proyectos de orientación comunitaria, incluyendo en el modelo de atención a todos los agentes implicados; programas de atención domiciliaria en el ámbito de la atención primaria; y el impulso de actividades dirigidas a la promoción de la salud y la prevención de enfermedad.

Departamento:
C. de Sanidad
Fecha de actualización: 27/05/2024