El DOG publica la convocatoria de ayudas para fomentar la utilización de madera en la construcción de viviendas unifamiliares y edificaciones en altura, dotada con 5 M"

Estas aportaciones tienen como fin contribuir a la lucha contra el cambio climático y fomentar la prevención y gestión forestal sostenible y activa del territorio gallego

Por primera vez en este tipo de convocatorias se incluye una partida específica destinada a las promociones de construcción en altura, donde también podrán entrar edificaciones con uso residencial de un mínimo de tres plantas.

Podrán ser beneficiarias pequeñas y medianas empresas, incluidas las personas autónomas, y las comunidades de montes, asociaciones, cooperativas, organizaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro; así como las personas físicas, sea de manera individual o en conjunto

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto a partir de mañana, día siguiente la esta publicación, hasta el 2 de mayo de 2024

Santiago de Compostela, 12 de abril de 2024

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy la resolución mediante la cuál se establecen las bases reguladoras para las ayudas para la realización de proyectos y obras que empleen madera como elemento estructural en la construcción, dotadas con un presupuesto de 5 millones de euros.

Estas aportaciones están enmarcadas dentro de los objetivos de la Agenda de impulso de la industria forestal-madera y buscan contribuir a la lucha contra el cambio climático, fomentar la prevención y gestión forestal sostenible y activa del territorio gallego, ahondar en políticas de eficiencia energética y aportar confort, salud y bienestar a las personas que vayan a habitar edificaciones construidas en madera.

Podrán ser beneficiarias aquellas pequeñas y medianas empresas, incluidas las personas autónomas, y las cooperativas, asociaciones, organizaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro; así como las personas físicas, sea de manera individual o en conjunto. Además, como novedad, podrán beneficiarse por primera vez de unas ayudas de estas características las comunidades de montes vecinales en mano común.

Actuaciones subvencionables

En este sentido, serán subvencionables aquellas acciones vinculadas con la redacción de proyectos y la utilización de productos de madera en estas actuaciones. En el caso de pymes, comunidades de montes, cooperativas, asociaciones, organizaciones, fundaciones o entidades sin ánimo de lucro, la solicitud de ayuda deberá ser para nueva construcción, rehabilitación o reforma de naves y establecimientos de negocio que empleen productos de madera como elementos estructurales, y siempre que, cuando menos, el 20 % del presupuesto de ejecución material del proyecto correspondan a productos de madera o derivados de la madera (incluida su colocación) que serán utilizados con una finalidad estructural, sistemas de compartimentación, envolvente o acabados, excluyéndose para dicho computo el uso de la madera en las carpinterías interiores, pavimentos interiores y acabados interiores.

Además el uso de la edificación proyectada deberá estar destinada a un uso industrial (incluidos los vinculados a la transformación y comercialización de productos agrarios o forestales), comercial, recreativo, hotelero, oficinas, sanitario-asistencial, educativo, cultural o deportivo.

Por primera vez en este tipo de convocatorias se incluye una partida específica destinada a las promociones de construcción en altura, donde también podrán entrar edificaciones con uso residencial de un mínimo de tres plantas. Se recuerda que el consejo de la Axencia Galega da Industria Forestal indica que, en el caso de las viviendas en altura, el sótano y planta baja deberán tener estructura en hormigón, siendo utilizada la madera de forma estructural, en la primera planta y superiores.

Las condiciones son las mismas para aquellas solicitudes hechas por personas físicas, siendo en este caso necesario que la edificación proyectada deba testamentar destinada a un uso residencial.

Plazos de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde mañana, día siguiente a la publicación de esta resolución en el DOG,  hasta el 2 de mayo de 2024 o hasta el agotamiento de los fondos asignados en caso de que se produzca con anterioridad a esa fecha.

El plazo máximo para presentar la justificación de las actividades subvencionadas para la anualidad de 2024 -es decir, de los gastos realizados entre el 1 de enero y el 15 de octubre- finalizará el 15 de octubre; mientras que el plazo de justificación para la anualidad de 2025 -para aquellos gastos realizados entre lo 15 de octubre y el 30 de junio- finalizará el 30 de junio.

Con todo, la ejecución de la obra no tendrá que estar finalizada en el momento de justificación de la solicitud de ayuda, siempre que el objeto de dicha ayuda es la redacción del proyecto de ejecución de obra y/o la compra e instalación del material madera.

Compromiso de la Xunta con el fomento del uso de madera en la construcción

El Gobierno autonómico está totalmente comprometido con el fomento del uso de la madera en la construcción, en una apuesta que se materializa tanto en el ámbito público como en el ámbito privado, a través de líneas de aportaciones como estas. Además, el fomento del empleo de la madera en la construcción viene alineada en una de las metodologías del pionero mercado autonómico voluntario de créditos de carbono que está desarrollando el Gobierno gallego.

Fecha de actualización: 12/04/2024