Rueda anuncia ayudas directas para los damnificados por el episodio excepcional de incendios forestales

El presidente resaltó que la prioridad son las personas que vieron afectadas sus casas por las llamas
 

El Consello del Gobierno gallego aprobó en su reunión de hoy el decreto que regula la concesión de estas aportaciones, que tendrán carácter subsidiario respecto de cualquier otro sistema de cobertura de daños, público o privado, del que puedan ser beneficiarios los afectados
 

Las ayudas contemplan, en primer lugar, los daños personales sufridos y sus beneficiarios podrán ser también los propietarios o usufructuarios de viviendas afectadas por el fuego, así como los titulares de los establecimientos comerciales, mercantiles, industriales y turísticos en los que se produjeran daños derivados directamente de los incendios
 

También se dará cobertura a los titulares de explotaciones forestales, agrícolas y ganaderas, por los daños y pérdidas derivados directamente de los incendios, así como a los dueños de maquinaria afectada
 

Otros beneficiarios podrán ser las entidades locales, para hacer frente a los gastos derivados de las actuaciones llevadas a cabo a consecuencia de los incendios y a los daños causados en los bienes y derechos de titularidad municipal por esta causa y también las asociaciones, clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro por los daños en sus instalaciones
 

Por la naturaleza de estas aportaciones, los anticipos o pagos a la cuenta que prevean las convocatorias o resoluciones de concesión directa que se dicten, y que podrían conseguir hasta el 100%, quedarán exentos del deber de constituir garantías
 

Santiago de Compostela, 21 de julio 2022

El presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, informó hoy que el Gobierno gallego habilitará ayudas para los damnificados por el episodio excepcional de incendios forestales registrado estos días en nuestra comunidad. “Hoy aprobamos el decreto que permite iniciar todo el proceso administrativo para convocar ayudas directas a los afectados por los fuegos”, explicó Rueda, quien aseguró que el objetivo de la Xunta es que la mayoría de las convocatorias de ayudas sean aprobadas en el Consello de la próxima semana.

 

Rueda explicó que la Axencia Galega de Emerxencias evaluó la situación de las zonas donde hubo incendios en los últimos días y decretó que se trata de zonas “afectadas por fuegos de naturaleza catastrófica”. A partir de ese informe, la Xunta ponen en marcha los mecanimos administrativos necesarios para lanzar el antes posible estas líneas de ayudas.

 

El titular de la Xunta, que agradeció la respuesta de estos días tanto de los servicios de extinción como de la población afectada por los fuegos, recordó que “el prioritario es el control de los incendios” y tras solventar esta situación “toca ayudar las personas más afectadas”, especialmente a los que perdieron o vieron dañadas sus casas.

 

Además, el presidente del Gobierno gallego tendió a mano a colaborar con el resto de administraciones. “Ponemos la valoración hecha por la Xunta y toda la tramitación que estamos haciendo a la disposición de otras administraciones como el Gobierno central, entidades locales o las diputaciones para que puedan decidir consignar también sus propias ayudas”, señaló.

 
Ayudas

Rueda explicó que Consello del Gobierno gallego aprobó en su reunión de hoy el decreto que regula la concesión de estas aportaciones, que tendrán carácter subsidiario respecto de cualquier otro sistema de cobertura de daños, público o privado, del que puedan ser beneficiarios los afectados.

 

Las ayudas se otorgarán de forma directa a causa del interés público, social y humanitario derivado de las excepcionales circunstancias que concurren en este caso, y se concederán en los términos y en las condiciones que se establezcan en sus correspondientes bases reguladoras.

 

Pola naturaleza de estas aportaciones, los anticipos o pagos a la cuenta que prevean las convocatorias o resoluciones de concesión directa que se dicten, y que podrían conseguir hasta el 100%, quedarán exentos del deber de constituir garantías.

 
Daños

Las ayudas contemplan los daños personales sufridos, en su caso, así como los causados en viviendas y menaje domésticos y también en instalaciones complementarias, dentro de las que se incluyen pozos, hórreos, alpendres, invernaderos para autoconsumo, instalaciones eléctricas y de iluminación, de telecomunicaciones etc. Asimismo, también se entenderá como construcción o instalación complementaria el cerramiento preexistente del predio en el que esté la vivienda.

 

En concreto, en caso de vivienda habitual, se concederá el 100% del coste de la reposición o reparación, tanto del edificio principal como de las instalaciones complementarias, con un máximo de 122.400 euros. Si era una vivienda no permanente ni habitual, se concederá con un máximo -en este caso- de 61.200 euros.

 

Mientras, para cubrir los daños sufridos por el menaje doméstico de primera necesidad, en las primeras viviendas se financiarán el 100% de los gastos: se están ruinosas, con un máximo de 15.000 euros; si no lo están, con un máximo de 7.000 euros. Por su parte, en las viviendas que no sean permanentes ni habituales se cubrirá el 50% de los estragos en el menaje: se están ruinosas, con un máximo de 5000 euros; si no lo están, con un máximo de 3.000 euros. Hace falta apuntar que para este tipo de ayudas, en el caso de determinarse la ruina de la vivienda, los beneficiarios no tendrán que presentar otra justificación que la acreditación por cualquiera medio admisible en derecho de la titularidad o usufructo del inmueble, sin perjuicio de los controles que se establezcan para verificar esta cuestión.

 

En el que alcanza a los establecimientos comerciales y de otro tipo, también se incluirán los daños ocasionados en sus edificaciones, instalaciones, maquinaria y en las mercancías depositadas en ellas, así como los vehículos comerciales o industriales afectos la estas actividades. Quedarán excluidas las actividades de generación, transporte y distribución de energía eléctrica.

 

También se dará cobertura a los titulares de explotaciones forestales, agrícolas y ganaderas, por los daños y pérdidas derivados directamente de los incendios, así como los dueños de maquinaria afectada. Otros beneficiarios podrán ser las entidades locales, para hacer frente a los gastos derivados de las actuaciones llevadas a cabo a consecuencia de los incendios y a los daños causados en los bienes y derechos de titularidad municipal por esta causa y también las asociaciones, clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro por los daños en sus instalaciones. En el caso de los entes locales, estas ayudas tendrán, en todo caso, carácter complementario a las que sean aprobadas por otras administraciones.

 

Además, en el decreto aprobado hoy por el Consejo también se establece que el Gobierno gallego propiciará la suscripción con el resto de las administraciones públicas y con otras entidades de los convenios de colaboración que exija la aplicación de este decreto, con vistas a la cofinanciación de las actuaciones.

 
Financiación

Cuanto a la financiación de estas ayudas por parte de la Xunta, corresponderá a los presupuestos de cada una de las consellerías implicadas, toda vez que esta iniciativa implica varios departamentos de la Xunta. Así, mediante este decreto se faculta por ejemplo a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, a través del Instituto Galego da Vivenda e Solo, para que pueda contribuir a sufragar los gastos que origine el alojamiento provisional de las personas que, por causa de los fuegos, habían tenido que abandonar definitiva o temporalmente sus viviendas.

 

Del mismo modo, se faculta a la Consellería de Medio Rural para que pueda realizar directamente actuaciones de reparación, restauración o mitigaciones de los daños y efectos causados por los incendios en montes vecinales, montes de varas o montes gestionados por agrupaciones de gestión conjunta. Serán intervenciones de mejora de pistas y otras infraestructuras forestales de transporte, captaciones de agua y evacuación de aguas de ahuyenta.

 

Además de ambas consellerías, también serán competentes para la concesión de las ayudas previstas en este decreto la Consellería de Facenda y Administración Pública (para cubrir los daños personales) y la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación para compensar los daños en establecimientos comerciales, industriales, turísticos y mercantiles.

 

En el tema a las ayudas a las entidades locales, también podrán actuar, a mayores, la Vicepresidencia segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deporte; la Consellería de Infraestructuras y Movilidad y la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.

Imágenes relacionadas