Augas de Galicia emite la propuesta de autorización de vertido de la Mina de San Finx, en el Ayuntamiento de Lousame, condicionada al cumplimiento de 18 requisitos y de las normas de calidad ambiental

La titular de la explotación y los interesados disponen de un plazo de 10 días, a contar desde la siguiente de la notificación, para presentar alegatos

La Xunta tramita la autorización desde uno escrupuloso seguimiento de la normativa para garantizar el cumplimiento de los parámetros de la calidad de las aguas para el vertido al río

Las obras de los sistemas de tratamiento y evacuación de las aguas residuales industriales generadas en las instalaciones deberán estar finalizadas en un plazo de 4 meses

La Administración autonómica deberá recibir semanal y mensualmente los resultados de las analíticas de seguimiento y control del medio receptor, de obligada realización por parte de la empresa
 

Santiago de Compostela, 18 de julio de 2022

La Xunta, a través de Augas de Galicia, viene de emitir la propuesta de autorización de vertido al río Pesqueiras (o arroyo de Rabaceiros) de aguas residuales depuradas procedentes de la Mina de San Finx, situada en Vilacova, en el ayuntamiento de Lousame, una propuesta de autorización que está condicionada al cumplimiento de 18 requisitos y de las normas de calidad ambiental.

 

La resolución se remite a la responsable de la explotación minera, la empresa Tungsten San Finx, S.L., y a los interesados, para que en el plazo de 10 días, a contar desde la siguiente de la notificación, se presenten cuantos alegatos se consideren convenientes para posteriormente, en su caso, dictar la correspondiente resolución.

 

La Xunta tramita la autorización desde uno escrupuloso seguimiento de la normativa, para garantizar el cumplimiento de los parámetros de la calidad de las aguas para el vertido al río, de acuerdo con los procedimientos legales establecidos en la Ley de Aguas, y su reglamento, en la Ley de Augas de Galicia y en las Normas de Calidad Ambiental.

 

La resolución emitida por Augas de Galicia incluye esos 18 condicionantes que se deben cumplir en la autorización de vertido, teniendo presente siempre el deber de atender estrictamente las normas de calidad ambiental.

 

Augas de Galicia también establece el plazo de ejecución de las obras correspondientes a los sistemas de tratamiento y evacuación de las aguas residuales industriales generadas en las instalaciones, que deberán estar finalizadas en el plazo de cuatro meses.

 

Entre los condicionantes más salientables en la resolución se encuentra la limitación a los caudales de vertido en las fases de vaciamiento y en la de explotación. En concreto, la fase de vaciamiento, actividad previa a la explotación, debe realizarse en 3 fases con una duración de 494,38 días para el vaciamiento de un total de 889.885 m3. En la fase de explotación se establece el caudal tratado podrá conseguir un total de 631.836 m3/año, correspondiendo 481.800 m3; la aguas extraídas de las galerías y 150.036 m3; la aguas de la zona industrial.

 

En el tratamiento de las aguas, la resolución recoge todas las instalaciones necesarias para que las aguas residuales industriales depuradas procedentes de la balsa de decantación final garanticen el vertido al río Pesquería cumpliendo los parámetros de calidad.

 

Además, en cuanto a la frecuencia mínima del control, se fija que este será semanal en la fase de vaciamiento, y mensual en la fase de explotación, tanto para las aguas residuales industriales depuradas en la planta de tratamiento del agua de la mina, como para las aguas residuales industriales depuradoras procedentes de la balsa de decantación final.

 

La resolución también determina el deber del titular de la mina a realizar un seguimiento y control del medio receptor y remitir a Augas de Galicia los resultados de los análisis semanalmente, en la fase de vaciamiento de las galerías, y mensualmente en la fase de explotación.

 

El titular de la explotación deberá disponer de arquetas o dispositivos equivalentes para el control y muestreo de los efluentes, con acceso directo para su inspección por parte de Augas de Galicia.

 

También contará con instrumentos para el control en continuo del caudal del efluente de la planta de tratamiento del agua de mina, así como para el control del caudal del vertido de la balsa de decantación final.