La Xunta informa a empresas y trabajadoras sobre los riesgos laborales durante el embarazo y la lactancia

La directora general de Relaciones Laborales, Elena Mancha, intervino hoy en la inauguración de un webinario organizado por el Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Galicia (Issga) en el marco de su programación formativa para este año

Se incidió en que no es lo mismo una situación del riesgo que un embarazo de riesgo, por lo que es preciso adaptar, en los casos que sean precisos, los puestos de trabajo

Se trata de la primera de las 16 jornadas formativas que organizará el Instituto a lo largo de este año y que se centrarán en los riesgos psicosociales desde una perspectiva de género

Santiago de Compostela, 5 de abril de 2022

La directora general de Relaciones Laborales, Elena Mancha, participó hoy en la inauguración del webinario de la jornada técnica Gestión del riesgo durante el embarazo y la lactancia, organizada por el Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Galicia (Issga), en el marco de su programación formativa para este año. En colaboración con Ibermutua, la iniciativa tuvo como objetivo analizar la gestión del riesgo durante el embarazo y la lactancia, desde el marco normativo que lo regula, el procedimiento que se debe seguir en su tramitación, así como los riesgos clínicos y laborales y los diferentes agentes que intervienen.
Para la Xunta de Galicia es importante la promoción de la seguridad y la salud en el trabajo en colectivos específicos ofreciendo, en este caso, información a las mujeres embarazadas o en período de lactancia y asesorando a las empresas en materia de cumplimiento de los deberes relacionados con los puestos de trabajo durante estos períodos. La situación de riesgo durante el embarazo no es el mismo que un embarazo de riesgo, destacó Mancha. Por lo tanto, la jornada incidió en que la situación protegida es la relacionada con agentes, procedimientos o condiciones del puesto de trabajo.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre ) regula, en el artículo 26, la protección de la maternidad a través de una especial atención al período de embarazo y de lactancia natural, con el objeto de garantizar que no se produzcan daños para la mujer, el feto o el hijo. En palabras de la directora general, este deber afecta a todo tipo de empresas, cualquiera que sea su tamaño.
Este artículo se resume en cuatro aspectos principales: evaluar los riesgos del puesto de trabajo tomando en consideración la situación de embarazo o lactancia natural; prever, si fuera preciso, la adopción de medidas preventivas complementarias para que la trabajadora pueda seguir desempeñando su labor profesional; en caso de no poder adaptarse el puesto de trabajo, se deberá proceder a un cambio temporal de puesto , que se regirá por las normas de la movilidad funcional y tendrá efectos hasta el momento en que el estado de salud de la trabajadora permita su reincorporación al anterior puesto; en caso de no existir puestos de trabajo compatibles con el estado de salud de la trabajadora, se procedería a la suspensión de contrato por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, por el período necesario para la protección de su salud y mientras persista la imposibilidad de reincorporarse a su puesto anterior o a otro puesto compatible con su estado.
Estas prestaciones, en resumen, tienen como fundamento proteger a la trabajadora embarazada y al feto, en caso de embarazo, o hijo, en caso de lactancia natural, cuando no existan en la empresa puestos de trabajo compatibles con estas situaciones.
Durante la jornada se describió, por lo tanto, el procedimiento de reconocimiento, denegación, anulación o suspensión de este derecho, al tiempo que se detallaron los riesgos laborales durante el embarazo como son, entre otros: radiaciones ionizantes y no ionizantes, vibraciones, temperaturas extremas o ruido; manipulación de cargas, flexión de tronco, bipedestación, sedestación o actividades deportivas; exposición a agentes químicos, citostáticos, agentes anestésicos inhalatorios o carburantes; brucella o toxoplasma; o agentes estresores, así como el tiempo de trabajo.
La iniciativa, destinada a técnicos de prevención de riesgos laborales, delegados de prevención, agentes sociales, empresarios, personal trabajador y personas con interés en esta materia, finalizó con una mesa redonda en la que los agentes sociales dieron su visión desde un punto de técnico a través de profesionales de sus gabinetes de seguridad y salud en el trabajo. Participaron, entre otros, personal técnico de las organizaciones sindicales y empresarial que forman parte del Consejo Rector y de la comisión para la integración de la igualdad del Issga.
Se trata de la primera jornada formativa que imparte este año el Issga, en esta ocasión en formato webinario, de las 16 que se organizarán a lo largo del 2022. El teletrabajo, la salud mental o el estrés serán otros de los temas que se abordarán en este ciclo formativo, aspectos que, según indicó Mancha, afectan “de modo importante” al colectivo femenino “incrementando el riesgo psicosocial, por lo que requiere toda la atención necesaria de las administraciones que deben velar por la seguridad de las mujeres y aplicar ese necesario enfoque de género”, añadió. Así, y, según apuntó la directora general, la prevención de los riesgos psicosociales será un aspecto en el que incidirá el Issga a lo largo de este año para que las empresas puedan mejorar y alcanzar “una madurez” en la protección frente a los mismos, al igual que está ocurriendo con los riesgos de seguridad, higiénicos y ergonómicos.

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