La Xunta abre el plazo para solicitar ayudas de hasta 1500 euros para estancias en residencias y de 1000 para el pago de un cuidador en el hogar dentro de la orden de respiro familiar

El Gobierno gallego invierte 600.000 euros para facilitar el descanso de los cuidadores habituales de personas dependientes o con discapacidad

Será posible justificar estancias temporales desde el 1 de diciembre de 2021, hasta el 30 de noviembre de este año

A partir de mañana se podrá acceder a esta aportación al presentar la factura del servicio recibido
 

Mos (Pontevedra), 8 de febrero de 2022

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy la nueva orden de Respiro familiar que permite que personas dependientes o con discapacidad realicen estancias temporales en residencias que facilitan el descanso de sus cuidadores habituales. A través de este programa, la Xunta de Galicia financiará el 100% de la estadía en cualquiera centro residencial de la Comunidad sin límite de tiempo y hasta un máximo de 1.500 euros; o acercará un máximo de 1.000 euros para abonar el coste de un cuidador en el hogar.

El director general de Mayores y Personas con Discapacidad, Fernando González Abeijón, visitó esta mañana a residencia de DoralResidencias en Mos, que acogió durante el 2021 estancias temporales de usuarios para facilitar la conciliación y el descanso del cuidador. Durante la visita, Fernando González Abeijón explicó que el Gobierno gallego invertirá 600.000 euros en esta nueva convocatoria, en la que se podrán justificar estancias temporales desde el 1 de diciembre de 2021 hasta el 30 de noviembre de este año, siempre y cuando se cuente con el correspondiente informe del trabajador social que acredite las circunstancias de cada caso.

El principal objetivo es facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los cuidadores. Se podrá acceder a la ayuda siempre que la persona o personas que atiende sean residentes en la Comunidad. Además, la persona a la que atiende deberá reconocido un grado II o III de dependencia, o bien haber acreditado mediante informe médico y social a necesidad ayuda de terceros para actividades de la vida diaria.

 

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