La Xunta inicia el trámite de cuatro decretos que completan el desarrollo de la nueva Ley de ordenación farmacéutica

Así lo señaló en el Parlamento de Galicia el secretario general técnico de Sanidad, Alberto Fuentes Losada

Se inician los trámites para regular la entrega de medicamentos a domicilio para pacientes con enfermedades crónicas, mayores, dependientes o que vivan en lugares aislados

Santiago de Compostela, 23 de diciembre de 2021

El secretario general técnico de la Consellería de Sanidad, Alberto Fuentes Losada, informó hoy, en la Comisión 5ª de Sanidad, Política Social y Empleo del Parlamento de Galicia, de los avances en el estado de tramitación en el que se encuentran los desarrollos de la nueva Ley de Ordenación Farmacéutica de Galicia.
Alberto Fuentes señaló que existen cuatro iniciativas que Sanidad viene de publicar en el Portal de Transparencia de la Xunta de Galicia a efectos de realizar una consulta pública. Estos cuatro decretos son, lo que regula los horarios, turnos de guardia y vacaciones de las oficinas de farmacia; el que establece la planificación y los distintos procedimientos de autorización en materia de oficinas de farmacia; el que regula la señalización, información y publicidad o actividad promocional de las oficinas de farmacia; y, además, el referido a la entrega informada de medicamentos y productos sanitarios en el domicilio.
Este último decreto, tal y como comprometió el conselleiro de Sanidad hace unas semanas, dará todas las garantías a un procedimiento que facilitará el acceso a fármacos y productos sanitarios de pacientes crónicos, personas de edad avanzada o que vivan en zonas aisladas, y posibilitará seguir facilitando la entrega de medicamentos a los enfermos cuya situación asistencial o personal así lo requiera, luego de la experiencia establecida durante la fase aguda de la pandemia. Así, el texto regulará las condiciones y los requisitos a los que deberá ajustarse el procedimiento para que las farmacias comunitarias y los servicios de farmacia hospitalaria correspondientes puedan proceder a la entrega informada de los medicamentos y productos sanitarios en el domicilio del paciente.
Estas consultas estarán operativas hasta el 22 de enero, para que todo aquel que lo desee pueda efectuar sus aportaciones o sugerencias respeto de las regulaciones proyectadas.
Desarrollos previos de la nueva Ley
Estos cuatro decretos completan el desarrollo de esta Ley que, tal y como detalló el secretario general, la Xunta comenzó en marzo iniciando la regulación de la dispensación de los sistemas personalizados de dosificación en oficinas de farmacia, que era una de las demandas más reiteradas por los pacientes y por el sector farmaceutico. En este momento, luego de las aportaciones de la consulta pública, un total de diez, y de la audiencia de los sectores afectados, Alberto Fuentes dijo que el decreto que regula las condiciones y los requisitos para la preparación y entrega de los sistemas personalizados de dosificación en las oficinas de farmacia se encuentra en fase de tramitación, recabándose los informes preceptivos. Una vez obtenidos los mismos, se procederá a remitir el proyecto a la Asesoría General de la Xunta para, posteriormente, someterlo al dictamen del Consello Consultivo previo a su aprobación.
Según el representante de la sanidad pública gallega, la segunda de las propuestas normativas efectuadas en desarrollo de la Ley de Ordenación Farmacéutica, es el Decreto por lo que se regulan las condiciones, requisitos y recursos materiales y humanos de las Unidades de Farmacia y los depósitos de medicamentos en las estructuras de atención primaria. Luego de la consulta pública previa, en la que se recibieron seis aportaciones, el Servicio Gallego de Salud está trabajando en un anteproyecto, que será publicado para general conocimiento.
La actual Ley de ordenación farmacéutica de Galicia está en vigor desde julio de 2019, después de ser aprobada sin votos en contra por el Parlamento de Galicia, siendo en la actualidad una de las más modernas de España. Esta legislación nació con el objetivo de adaptarse a los numerosos cambios sociales ocurridos desde el año 1999, fecha en la que se había aprobado la Ley anterior, y solucionar, de manera eficaz, las necesidades y demandas de los usuarios y profesionales de las farmacias.
Las principales novedades de esta regulación residieron en aspectos como que un farmacéutico solo pueda ser titular o propietario (o cotitular o copropietario) de una única oficina de farmacia, exigiéndose su presencia física en su establecimiento de manera oficial durante el horario de atención al público. La nueva ley establece también procedimientos de adjudicación de nuevas oficinas de farmacia mas ágiles y rápidos.
Otro de los aspectos destacados fue la modificación del cálculo de oficinas de farmacia necesarias por módulo de población para garantizar una planificación farmacéutica más ajustada a las necesidades reales de la población. Esta medida se reforzó con la posibilidad de que en el nuevo mapa farmacéutico esté prevista, para las nuevas farmacias, la instalación de una botica anexa vinculada en una zona de difícil acceso o donde el cierre de una oficina de farmacia deje sin atención un área determinada. Esta medida permite seguir avanzando en una mayor atención sanitaria en el rural, ejemplificada por el último concurso público, iniciado en el año 2018 y que fue resuelto en junio del año pasado, que autorizó 41 nuevas oficinas de farmacia, de las que el 76% corresponden al ámbito rural o semiurbano (20 en el rural y 11 en área semiurbana).
Finalmente, por primera vez, la Ley contempla la atención farmacéutica domiciliaria en supuestos excepcionales, extremo que se concretará en uno de los decretos que hoy comienza su consulta pública.

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C. de Sanidad