La Justicia vuelve a dar la razón a la Xunta y avala el confianciamento de los centros de día públicos de Vigo

Desestima el recurso presentado por el Ayuntamiento de Vigo contra las liquidaciones del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar correspondientes a los centros de día públicos de Teis, Col y Valadares

Apoya que se trata de un servicio de carácter local cuya gestión asumió el Consorcio a instancias del propio Ayuntamiento, mediante fórmulas de cooperación interadministrativa

El importe debido asciende a 815.000 euros
 

Vigo, 25 de septiembre de 2021

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) viene de dar la razón a la Xunta con una nueva sentencia, la tercera en este mismo sentido, en la que avala la cofinanciación de los centros de día públicos en Vigo. Desestima así el último recurso contencioso-administrativo presentado por el Ayuntamiento vigués contra las liquidaciones del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar correspondientes a los centros de Teis, Col y Valadares.

Segundo recoge el alto tribunal, las liquidaciones giradas por la Xunta de Galicia no incurren en las causas de nulidad alegadas por el Ayuntamiento de Vigo, “toda vez que se trata de asumir la financiación de unos servicios atribuidos por la legislación autonómica a los entes locales y para cuya prestación se optó por fórmulas de cooperación” entre administraciones.

La resolución señala que se trata de un servicio de carácter local cuya gestión asumió el Consorcio a instancias del propio Ayuntamiento, mediante fórmulas de cooperación interadministrativa y de forma voluntaria.

El TSXG rechaza también la cuestión de inconstitucionalidad expuesta por el Gobierno vigués, apoyándose en sentencias del Tribunal Constitucional que dejan claro que “las comunidades autónomas, siendo competentes para regular aquellos servicios sociales y sanitarios, son competentes para decidir sobre su descentralización o centralización y para ordenar el correspondiente proceso de asunción competencial y traspaso de recursos”.

Asimismo, el TSXG recuerda que el Ayuntamiento de Vigo podría haber manifestado su voluntad de desvincularse del Consorcio Gallego de Bienestar Social y no lo hizo, por lo que las liquidación se ajustan a la aplicación del régimen jurídico de cofinanciación.

Hace falta recordar que el modelo de financiación del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar está vigente desde el año 2017, fue avalado por la Federación Gallega de Municipios y Provincias, y es de aplicación en todos los ayuntamientos que lo integran.