Las Directrices del Paisaje entrarán en vigor el 20 de febrero con el reto de afianzar la posición de Galicia a la vanguardia en esta materia

El DOG publica hoy el decreto por lo que se aprueba la nueva normativa, la primera de este tipo en la comunidad y cuyas consideraciones deberán ser integradas en todas las iniciativas que se promuevan con el fin de proteger los valores paisajísticos

El documento incluye una serie de normas de carácter obligatorio para los nuevos instrumentos de planificación sectorial y urbanística y también recomendaciones
 

Santiago de Compostela, 1 de febrero de 2021

Las primeras Directrices del Paisaje de Galicia entrarán en vigor el próximo 20 de febrero, después de la publicación hoy en el DOG de su Decreto de aprobación. De este modo, la comunidad se dotará de una nueva herramienta de protección, gestión y conservación del paisaje con la que afianzar su actual posición entre las comunidades más avanzadas en materia paisajística.

En el documento se recogen las normas y directrices que deberán integrarse en la totalidad de iniciativas que se promuevan en el territorio gallego, con la finalidad de preserva y cuidar los valores paisajísticos. En definitiva, se busca compatibilizar la protección y mejora del paisaje con el desarrollo económico de Galicia.

Para eso, dentro de las directrices se incluyen por una parte toda una serie de normas que serán obligatorias para los instrumentos de planificación sectorial y urbanística, así como para las estrategias regionales y locales; y por otra, un listado de recomendaciones que serán orientativas y sugieren limitaciones o condiciones de carácter genérico.

Las nuevas Directrices del Paisaje de Galicia, en todo caso, deberán integrarse en cualquier plan, programa o proyecto que se lleve a cabo en el territorio de la comunidad, que, por lo tanto, deberán tener en cuenta los valores paisajísticos en todas sus fases, respetando el carácter diferenciado de las grandes áreas paisajísticas y de los diferentes tipos de paisajes.

En relación con las normas de obligado cumplimiento, hace falta subrayar el hecho de que las infraestructuras energéticas (los tendidos y redes) deberán ser subterráneas en el caso de los nuevos desarrollos urbanísticos; y los proyectos de alta tensión que atraviesen un Área de Especial Interese Paisajística (AEIP) calcularán la taza visual desde todas las alternativas de trazado.

Asimismo, en las AEIP solo se permitirá la apertura de una cantera o mina se es rigurosamente justificada y no tiene impacto y se deberán establecer limitaciones respecto de las plantaciones de eucaliptos, estableciendo como norma a promoción de medidas para sustituir masas de eucaliptales y primar las autóctonas, al tiempo que se recomienda favorecer la expansión de bosques de frondosas autóctonas.

En cuanto a la gestión de los espacios naturales protegidos, como norma se dará prioridad a la regeneración de las zonas que sufran impactos paisajísticos como incendios, vertidos o similares y en los planes e instrumentos de ordenación forestal se fijarán medidas para la eliminación y prevención de las especies vegetales invasoras.

En las directrices también se hace referencia las consideraciones sobre las infraestructuras y vías de comunicación, incluyendo condiciones y criterios de integración, recomendaciones para un tratamiento acomodado del valor de las vistas panorámicas desde las vías de comunicación o que los puentes de más de 50 metros de longitud requerirán de un informe del organismo competente en materia de paisaje.

No obstante, se fija como norma a obligatoriedad de retirar los carteles, paneles y demás señalización de obras o actuaciones públicas finalizado el plazo de permanencia que determinen los compromisos adquiridos en su financiación; así como emplear especies vegetales autóctonas para revegetar elementos viarios, como medianas, rotondas o taludes.

En relación con posibles actuaciones en el Camino de Santiago, las directrices indican también que dentro de las zonas visibles y la menos de 500 metros de este, siguiendo el criterio que se establece en la Ley de Patrimonio Cultural, los cambios de actividades agroforestales requerirán de justificación mediante un análisis de visibilidad basada en el cálculo de la taza visual.

Con la aprobación e inminente entrada en vigor de esta herramienta, Galicia avanza un escalón más en el camino iniciado por el actual Gobierno de la Xunta hay más de una década para proteger el paisaje. Así, en estos 10 años se aprobaron el Catálogo de los Paisajes, las Guías del Paisaje gallego y el reglamento de la Ley del paisaje, así como los primeros Pactos por el paisaje.

En este sentido, las Directrices pretenden compatibilizar la protección y mejora del paisaje, como elemento que identifica y define a una sociedad, con el desarrollo económico de Galicia, para lo cual establece una serie de normas y de recomendaciones genéricas.

 

Imágenes relacionadas