Portos de Galicia aprueba la nueva delimitación de espacios y usos portuarios de Santo Tomé y Tragobe, en Cambados

El Consejo de Administración del ente público ratificó el documento que regula la distribución de la actividad en la zona portuaria

Santiago de Compostela, 22 de noviembre de 2020

Los muelles autonómicos de Santo Tomé y Tragobe, en el municipio pontevedrés de Cambados, han actualizado el documento de Delimitación de Espacios y Usos Portuarios (DEUP) que planifica y define los usos previstos para cada una de las diferentes áreas de la zona de servicio portuario, incluyendo los espacios de tierra y agua. El Consejo de Administración de Portos de Galicia ratificó esta semana la modificación sustancial de dicho plan, tras superar el trámite de exposición pública previa y contar con el informe de los organismos competentes.

La DEUP recoge el ordenamiento del espacio y la distribución de las actividades que se desarrollan o podrán desarrollarse en el futuro en las diferentes zonas que delimita dentro del dominio público portuario. Se trata de una herramienta necesaria para ordenar la relación entre los puertos y las villas que los acogen, avanzando en la cohesión entre el tejido urbano y las infraestructuras portuarias.

Los muelles de Cambados contaban ya con este documento, no obstante, cuando esta delimitación fue redactada, no se incluyeron una serie de terrenos que se encontraban fuera de la zona de servicio definida en el acta de transferencia del puerto a Galicia y que en la actualidad están integrados en el dominio público portuario competencia de la comunidad autónoma. La modificación aprobada esta semana tiene por objeto definir el uso asociado a esas áreas que no se encontraban recogidas en el documento anterior y que, en consecuencia, carecen de un uso asignado que considere las posibles actividades que se pueden desarrollar.

Además, también era necesario regularizar la delimitación de la zona de servicio en el noroeste de las instalaciones de Tragobe, donde fue detectada la existencia de un expediente de expropiación de un grupo de fincas de la época en la que se amplió el muelle con posterioridad a la aprobación de la DEUP. Por último, y con el fin de mejorar la interacción puerto-ciudad, se define la reasignación del uso del área en la que se encuentra el mercado de abastos, describiendo la superficie de que se trata así como las características precisas del nuevo uso.