El DOG publica la orden de ayudas dirigida a los ayuntamientos gallegos para contratar a mujeres víctimas de violencia de género

Las mujeres que sufren violencia de género pueden conseguir a través de este apoyo mayor autonomía e independencia económica, así como más opciones de una inserción laboral estable para su integración plena en el ámbito económico y social

Las subvenciones van destinadas a contratación para la realización de obras o servicios de intereses generales y utilidad social competencia de las entidades locales
 

Santiago de Compostela, 15 de junio de 2020

El Diario Oficial de Galicia publica hoy las orden de ayudas destinadas al fomento de la contratación de mujeres que sufren violencia de género en el ámbito de colaboración con las entidades locales gallegas. Esta convocatoria cuenta con un presupuesto de 1,4 millones de euros euros financiados en el marco del desarrollo en Galicia de las medidas recogidas en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

Las subvenciones de esta convocatoria van destinadas a la realización de obras o servicios de interés general el social, hasta un máximo de 12 mensualidades, para mejorar y facilitar su inserción laboral. Su finalidad es contribuir a que las mujeres consigan una mayor autonomía a través de la promoción de su independencia económica y de su empoderamiento, y reforzar al mismo tiempo las posibilidades de una posterior inserción laboral estable, con el objetivo fundamental de lograr su plena integración en la vida económica y social.

La cuantía de la subvención que se concederá a las entidades locales beneficiarias será, por cada mujer contratada a tiempo completo, lo equivalente a lo necesario para sufragar durante el período de contratación, las retribuciones salariales brutas totales, incluida a parte proporcional de las pagas extraordinarias y las cuotas a la Seguridad Social a cargo de la entidad empleadora, en la misma cantidad que la fijada para el salario, según convenio colectivo o normativa laboral aplicable vigente en el momento de formular la solicitud y acorde con su categoría profesional.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta resolución los ayuntamientos gallegos, mediante solicitud individual o a través de una petición conjunta de una agrupación o asociación de ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos de Galicia y consorcios locales de Galicia, constituidos exclusivamente por ayuntamientos, así como las entidades resultantes de una fusión municipal. Para poder ser beneficiaria de estas ayudas a entidad deberá haber cumplido el requisito de tener remitidas las cuentas del ejercicio presupuestario 2018 al Consejo de Cuentas de Galicia.

Las contrataciones por las cuales se conceda la subvención deberán ser para la realización de obras o servicios de interés general y utilidad social, competencia de las entidades locales y deben ser ejecutados en régimen de administración directa o por los organismos, entes o empresas públicas a las que se encomiende su ejecución. La duración de los contratos debe ser como mínimo de 4 meses y favorecer la jornada de trabajo a tiempo completo o a tiempo parcial pero no inferior al 50%.

También se fomentará la formación y la práctica profesional de las mujeres contratadas y que la entidad local y la entidad local beneficiaria tendrá que designar una persona de apoyo para la trabajadora o trabajadoras contratadas que actúe como profesional de referencia en el tiempo que dure su contratación. Los ayuntamientos podrán, por su parte, con apoyo de personal técnico de la Secretaría General de la Igualdad con formación en género.

La presentación de las solicitudes se realizará a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde mañana y el de la formalización de contratos por parte de la entidad beneficiaria de tres meses desde la concesión de la subvención y antes del 30 octubre de 2020.
 

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