La Xunta permite congelar la carne de la Indicación Geográfica Protegida Ternera Gallega mientras dure la emergencia sanitaria

El Diario Oficial de Galicia publica hoy la orden que modifica, de manera temporal, el pliego de condiciones técnicas de este sello de calidad

En todo caso, estas piezas de carne podrán comercializarse bajo la protección de la IXP solo hasta el próximo 31 de diciembre de 2020

Además, estas piezas deberán cumplir los requisitos aplicables a la comercialización de carne congelada de vacuno, especialmente en lo relativo a la información al consumidor y a la fecha de consumo preferente
 

Santiago de Compostela, 17 de abril de 2020

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy una orden de la Consellería de Medio Rural por la que se modifica, de manera temporal, el pliego de condiciones técnicas de la Indicación Geográfica Protegida Ternera Gallega. De este modo, y mientras dure el estado de alarma y/o medidas similares decretadas en España que provoquen restricciones en la comercialización de la carne de vacuno a consecuencia del coronavirus, la carne de este sello de calidad podrá someterse a procesos de congelación.

Se trata de una modificación solicitada por el propio Consejo Regulador de las indicaciones geográficas protegidas de la Carne de Vacuno de Galicia, que gestiona a IXP Ternera Gallega, ante la fuerte incidente de la epidemia en la salida de este producto de calidad. Una medida excepcional que la propia normativa europea permite ante medidas sanitarias o fitosanitarias obligatorias impuestas por las autoridades públicas.

Así, cabe señalar que las medidas de prevención sanitaria decretadas por el Gobierno de España suponen grandes restricciones a los movimientos de las personas, así como la suspensión de las actividades de hostelería y restauración. Estas restricciones están afectando notablemente al sector de la carne de vacuno en general y a la Indicación Geográfica Protegida Ternera Gallega en particular, ya que comercializa una buena parte de su producción en los establecimientos ahora cerrados.

De ahí la necesidad de modificar el pliego de condiciones y permitir que la carne de esta IXP pueda someterse a procesos de congelación. En todo caso, estas piezas podrán comercializarse bajo la protección de la IXP solo hasta el próximo 31 de diciembre de 2020 y deberán cumplir los requisitos aplicables a la comercialización de carne congelada de vacuno. En este sentido, deberá quedar clara la información al consumidor sobre el proceso de congelación y la fecha de consumo preferente.

Enlace a la orden completa:
https://www.xunta.gal/dog/publicados/2020/20200417/AnuncioG0426-150420-0001_gl.html
 

Imágenes relacionadas