La Xunta publica la orden que permitirá agilizar los aprovechamientos madereros en terrenos con un régimen de protección especial

El Diario Oficial de Galicia publica hoy la orden conjunta entres las consellerías del Medio Rural, de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda y de Infraestructuras y Movilidad por la que se aprueban los nuevos pliegos de condiciones

Así, se sustituye la exigencia de autorización administrativa por la declaración responsable de la persona interesada en el aprovechamiento maderero en estos terrenos

De este modo, se estima que se presentarán 15.000 declaraciones responsables que antes debían tramitarse como autorización

Las especies afectadas por esta previsión son: el eucalipto, el pino gallego o del país, el pino de Monterrei, el pino de Oregón y la acacia negra
 

Santiago de Compostela, 1 de abril de 2020

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy la orden conjunta entres las consellerías del Medio Rural, de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda y de Infraestructuras y Movilidad por la que se aprueban los pliegos de condiciones a los que habrán de sujetarse los aprovechamientos madereros de una serie de especies en terrenos sujetos la algún régimen de protección o afectados por legislación de protección del dominio público.

Así, la aprobación de los citados pliegos, permitirá sustituir la exigencia de autorización administrativa por la declaración responsable de la persona interesada del cumplimiento de los requisitos contemplados en dichos pliegos, eliminando así la necesidad de obtener informe previo del órgano sectorial competente.

De este modo, se amplían así los supuestos de declaración responsable, lo que se estima que permitirá la presentación de 15.000 declaraciones responsables que antes debían tramitarse como autorización. El objetivo de esta medida es minimizar las gestiones administrativas y que el declarante quede facultado para realizar el aprovechamiento desde el momento de la presentación de esta declaración responsable, sin más trámites.

Las especies afectadas por esta previsión son: el eucalipto, el pino gallego o del país, el pino de Monterrei, el pino de Oregón y la acacia negra, respetando las peculiaridades establecidas en cada ruego. Hace falta señalar que el pino del país y el eucalipto son las especies más cortadas en Galicia. Además, esta orden contempla también los condicionantes -en lo tocante a las distancias de plantación recogidas en la Ley de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia- qué han de cumplir las talas de las especies señaladas en zonas de protección de carreteras (autonómicas), policía de lechos (Augas de Galicia) y de conservación del patrimonio natural.

Hasta ahora, la Ley de montes de Galicia, tras la modificación operada a través de la Ley de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, regulaba la autorización única para la realización de aprovechamientos madereros en terrenos con algún régimen de protección o afectados por legislación de protección del dominio público. Así, la Consellería de Medio Rural tenía que conceder esta autorización luego del informe preceptivo de los órganos u organismos sectorial, lo que dilataba el proceso en el tiempo. A través de la publicación de esta orden se agilizará de forma sustancial el proceso de aprovechamientos madereros en estas zonas.

Enlace a la orden completa:
https://www.xunta.gal/dog/publicados/2020/20200401/AnuncioG0426-260320-0001_gl.html

 

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Departamento:
C. del Medio Rural