Medio Ambiente convoca dos programas de ayudas por cerca de tres millones para fomentar la promoción de viviendas en alquiler

A partir de mañana los interesados podrán acogerse a estas subvenciones, cuyo plazo de solicitud permanecerá abierto durante los próximos dos meses

Podrán solicitarlas los promotores, tanto públicos como privados, de viviendas de nueva construcción o rehabilitadas siempre que se destinen al alquiler con un precio regulado durante un período mínimo de 25 o 40 años

Santiago de Compostela, 6 de febrero de 2020

La Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda movilizará un total de 2.854.576 euros a fomentar la promoción de viviendas destinadas al alquiler por medio de dos programas de subvenciones dirigidos a promotores, tanto públicos como privados. El Diario Oficial de Galicia publica hoy la resolución por la que se convocan paralelamente las ayudas para el fomento del parque de vivienda en alquiler y las ayudas para la promoción de viviendas destinadas a mayores de 65 años y a personas con discapacidad.

Este es el segundo año consecutivo que el Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) convoca este programa, al amparo del cual ya se concedieron en 2019 ayudas para la construcción o rehabilitación de un total de 96 viviendas por importe de cerca de 2,4 millones de euros. Todos los interesados en la convocatoria de este año podrán presentar sus solicitudes a partir de mañana y durante un plazo de dos meses.

Promoción de viviendas en alquiler con carácter general


La resolución por la que se convocan las ayudas a la promoción de viviendas en alquiler con carácter general, con una dotación de 1.535.654 euros para las anualidades 2020 y 2021, establece que la cuantía de las mismas podrá llegar hasta los 350 euros por metro cuadrado. Las viviendas deberán destinarse al alquiler durante un plazo mínimo de 25 años a personas y familias con ingresos que no superen 4,5 veces a cuantía del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM), aunque en el caso de las familias numerosas y de personas con determinadas discapacidades, los ingresos máximos podrán llegar a 5 veces el IPREM.

Podrán beneficiarse de estas ayudas los promotores, tanto públicos como privados, así como cooperativas de viviendas de alquiler, fundaciones, empresas de economía social y organizaciones no gubernamentales, entre otros, que cumplan los requisitos establecidos.

Las subvenciones podrán aplicarse tanto a viviendas de nueva construcción como a aquellas procedentes de rehabilitaciones, siempre que las obras no habían sido iniciadas antes del 1 de enero del año 2020 y el inmueble cuente con, por lo menos, cinco viviendas. También podrán aplicarse a viviendas con obras en curso paralizadas y que se retomen por esta vía hasta su completa finalización.

Según las bases por las que se rigen estas ayudas, se establecen dos cuantías en función de los ingresos de los futuros inquilinos de las viviendas.

Así, cuando las viviendas se vayan a destinar al alquiler por personas o familias con ingresos que no superen tres veces el IPREM (4 o 5 veces en el caso de familias numerosas o con determinadas discapacidades), el importe de la ayuda será de 350 euros por metro cuadrado útil de vivienda y no se tendrán en cuenta ni el garaje ni el trastero. La cuantía máxima de esta subvención no podrá superar el 50 por ciento de la inversión de la actuación, con un límite máximo de 36.750 euros por vivienda.

El precio de alquiler de estas viviendas también estará limitado, y oscilará entre los 3,70 y los 4,90 euros por metro cuadrado útil de vivienda, sin incluir el precio del garaje y del trastero.

Por otra parte, en caso de que las viviendas se vayan a destinar al alquiler por parte de personas o familias con ingresos que no superen 4,5 veces el IPREM (5 veces en el caso de familias numerosas o con determinadas discapacidades), el importe de la ayuda será de 300 euros por metro cuadrado útil de vivienda, sin tener en cuenta el garaje y el trastero. La cuantía máxima de esta subvención no podrá superar el 40 por ciento de la inversión de la actuación, con un límite máximo de 31.500 euros por vivienda.

El precio de alquiler, en este caso, se moverá entre los 4,12 y los 5,23 euros por metro cuadrado, según el área geográfica.

En el siguiente cuadro se resumen las cuantías de las rentas en función de los ingresos de los inquilinos y el ámbito territorial en el que estén las viviendas.

Ingresos máximos de los inquilinos
Ámbito territorial
Renta/m2 útil de vivienda
Renta/m2 útil de trastero y garaje
3 veces el IPREM

(4 o 5 veces en el caso de familias numerosas o con determinadas discapacidades)

Precio máximo superior
4,90 €
2,94 €
Zona 1
4,26 €
2,56 €
Zona 2
3,70 €
2,22 €
4,5 veces el IPREM

(5 veces en el caso de familias numerosas o con determinadas discapacidades)

Precio máximo superior
5,23 €
3,14 €
Zona 1
4,55 €
2,73 €
Zona 2
4,12 €
2,47 €

Viviendas destinadas a mayores o personas con discapacidad


La convocatoria de las ayudas para viviendas destinadas a personas mayores o con alguna discapacidad publicada hoy dispone de una dotación económica de 1.318.922 euros para las anualidades 2020 y 2021. Podrán recibir estas subvenciones los promotores, tanto públicos como privados, así como cooperativas de viviendas de alquiler, fundaciones, empresas de economía social y organizaciones no gubernamentales, entre otros, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

Las ayudas podrán aplicarse tanto a viviendas de nueva construcción como a las procedentes de rehabilitaciones, siempre que las obras no fueran iniciadas antes de 1 de enero de 2020 y el inmueble cuente en este caso con, por lo menos, ocho viviendas.

Además, los edificios deberán disponer de unas instalaciones y servicios comunes que tendrán que incluir como mínimo asistencia social, atención médica básica 24 horas disponible y próxima, limpieza y mantenimiento, dispositivos y sistemas de seguridad, restauración, actividades sociales, deportivas, de ocio y culturales, así como terapias preventivas y de rehabilitación. El diseño de los espacios garantizará la adecuación y la accesibilidad para su uso por personas mayores o, en su caso, personas con discapacidad.

Las viviendas financiadas con cargo a este programa, que en este caso deberán destinarse al alquiler durante un plazo mínimo de 40 años, únicamente podrán ser alquiladas o cedidas en uso a las personas mayores de 65 años o la personas con discapacidad (con sus familias en caso de personas tuteladas), cuyos ingresos, incluidos los de todas las personas que constituyan su unidad de convivencia, no superen cinco veces el IPREM.

Además, los inquilinos no podrán disponer, en el momento del alquiler, de vivienda propia o en usufructo, y su patrimonio, a los efectos de la Ley del impuesto sobre el patrimonio, deberá ser inferior a 200.000 euros.

El importe máximo de las ayudas será de 400 euros por metro cuadrado útil de vivienda y no se tendrán en cuenta ni el garaje ni el trastero. La cuantía máxima de esta subvención no podrá superar el 40 por ciento de la inversión de la actuación.

El precio de alquiler tendrá un tope que oscilará entre los 4,12 y los 5,23 euros por metro cuadrado, según el área geográfico.

Ingresos máximos de los inquilinos
Ámbito territorial
Renta/m2 útil de vivienda
Renta/m2 útil de trastero y garaje
5 veces el IPREM
Precio máximo superior
5,23 €
3,14 €
Zona 1
4,55 €
2,73 €
Zona 2
4,12 €
2,47 €

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