Apertura de plazo para la cobertura de una plaza de técnico de seguridad, salud laboral y ergonomía por personal laboral fijo del grupo II, categoría 2 (ATS. Enfermero/a. Practicante. DUE)

20/09/2016

Son requisitos indispensables para optar a plaza los siguientes:

  • Titulación académica. Diplomado/a en enfermería
  • Formación específica:
    • Técnico de nivel superior de prevención de riesgos laborales, especialidad ergonomía y psicosociología aplicada (RI)
    • ATS/DUE de empresas (RI)

Con carácter previo al inicio de esta convocatoria la Comisión Permanente de Listas autorizó en su reunión del 25/04/2016 la petición del ISSGA de utilizar la lista L-II-002 (ATS/DUE) del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia, para  proceder a la cobertura de dicho puesto dada la inexistencia de listas de personal funcionario en el Decreto 37/2006 que se adecúen a las características de la plaza.  

Posteriormente la Dirección General de la Función Pública y la Dirección General de Presupuestos autorizaron conjuntamente la contratación el día 28/07/2016 y la Subdirección General de Provisión de Puestos y Selección de Personal inició a proceso de cobertura del puesto.  

Dado que no fue posible a cobertura a través de las listas del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, se anuncia la apertura de un plazo de 10 días, a contar desde la fecha de publicación de este anuncio en la página web de la Xunta de Galicia (día 20 de septiembre de 2016), para que el personal laboral fijo del grupo II, categoría 002 (ATS/DUE), que estando interesado en desempeñar el puesto cumpla con los requisitos, solicite su cobertura.

Para estos efectos las personas interesadas deberán dirigir su solicitud a la Subdirección General de provisión y puestos y selección de personal de la Dirección General de la Función Pública con copia compulsada que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos.

De existir varios solicitantes se tendrá en cuenta para el nombramiento a antigüedad en la Administración (número de trienios).

De acuerdo con el dispuesto en el artículo 24.5 del V convenio colectivo único de la Xunta de Galicia el personal laboral hizo seleccionado quedará, tras el nombramiento, en la situación de excedencia voluntaria por incompatibilidad.

Contratación temporal