Nueva resolución para regular las vacaciones, permisos y licencias al personal

25/02/2016

La Dirección General de Función Pública acaba de dictar las instrucciones que aplican para la solicitud de vacaciones, permisos y licencias al personal laboral sujeto al V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, que presta sus servicios en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y en las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico de Galicia. No se aplica al personal docente, al personal de la Administración de justicia y al personal estatutario del Servicio Gallego de Salud.

Para la tramitación de las solicitudes correspondientes se utilizará preferentemente los medios telemáticos que figuran en el Portal del empleado. En el anexo de la resolución figura la relación de documentación mínima que se exige para la concesión de los permisos.

Esta resolución define la duración y condiciones de las vacaciones anuales retribuidas.

También define los permisos que se pueden solicitar por:

  • Fallecimiento, accidente grave, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de un familiar.
  • Traslado de domicilio.
  • Concurrir a exámenes finales, pruebas definitivas de aptitud y pruebas selectivas en el ámbito del empleo público.
  • Lactancia.
  • Nacimiento de hijas/os prematuras/os o que por cualquiera otra causa deban permanecer hospitalizados a continuación del parto.
  • Realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y permisos en los casos de adopción, acogimiento o guardia con fines de adopción.
  • Accidente o enfermedad muy graves.
  • Cumplimiento de deberes inexcusables de carácter público o personal, de deber relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral y de asistencia a consultas y revisiones médicas.
  • Asuntos particulares.
  • Razón de violencia de género sobre la mujer funcionaria.
  • Matrimonio o unión de hecho.
  • Permiso retribuido para las funcionarias y las laborales en estado de gestación.

Se definen además las siguientes licencias por:

  • Asuntos propios.
  • Realización de estudios sobre materias directamente relacionadas con la Administración Pública.
  • Supuestos de hospitalización prolongada.

Por último, se definen varios supuestos de reducción y adaptaciones de la jornada de trabajo:

  • Reducción de jornada con retribuciones.
  • Reducción de jornada con merma de las retribuciones.
  • Reducción de jornada por interés particular.
  • Adaptación progresiva de la jornada laboral para tratamientos oncológicos.

Permisos y licencias