DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 178 Lunes, 16 de septiembre de 2024 Pág. 50786

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2024 por la que se convoca el Curso superior de capacitación para el desempeño de la función de inspección de servicios sociales.

Aprobado por el Consejo Rector el programa de actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) para el año 2024, de conformidad con el artículo 6.2 de la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la EGAP, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio, y de acuerdo con el convenio de colaboración suscrito entre la EGAP y la Consellería de Política Social e Igualdad para la organización del Curso superior de capacitación para el desempeño de la función de inspección de servicios sociales,

RESUELVO:

Convocar el Curso superior de capacitación para el desempeño de la función de inspección de servicios sociales, que se desarrollará conforme a las siguientes bases:

Primera. Objetivos

Este curso superior pretende capacitar al personal que opta o desempeña puestos de inspección de servicios sociales con los conocimientos específicos de los diferentes ámbitos de actuación, así como con las habilidades necesarias para el correcto desarrollo de estas funciones.

Segunda. Contenidos

Este curso superior abordará los siguientes temas:

1. Los servicios sociales. Regulación. La protección de datos en el ámbito de los servicios sociales.

2. Las garantías del sistema gallego de servicios sociales. El Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales. La Inspección. La cartera de servicios sociales de inclusión.

3. Las actas de inspección. Denuncias.

4. El procedimiento sancionador. Recursos contra la violencia de género en Galicia.

5. El sistema de atención a la dependencia.

6. Los servicios sociales comunitarios. La calidad en la prestación de los servicios sociales residenciales. El modelo residencial.

7. Las escuelas infantiles.

8. Infancia y familia.

9. Apoyo a las personas con discapacidad.

10. Mayores y discapacidad.

Tercera. Número de plazas

Veinticinco (25).

Cuarta. Personas destinatarias

Personal inspector de servicios sociales de los subgrupos A1, A2 y C1 de la Administración autonómica de la Comunidad Autónoma de Galicia, en situación de servicio activo o asimilada.

De no cubrirse todas las plazas por el personal inspector de servicios sociales, podrá participar otro personal funcionario público de los subgrupos A1, A2 y C1 de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de sus entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional.

Quedarán excluidas de la selección las solicitudes de las personas que ya hubieran completado en anteriores convocatorias de la EGAP el Curso sobre la capacitación para el desempeño de la función de inspección de servicios sociales, así como el personal perteneciente a cuerpos de la Administración especial.

Quinta. Desarrollo

1. Modalidad de desarrollo: mixta.

2. Duración: 120 horas lectivas: (45 horas lectivas presenciales y 75 horas en línea).

3. Fechas: del 3 de octubre al 19 de noviembre de 2024.

4. Las clases presenciales se desarrollarán los días y en los horarios siguientes:

• Jueves 3 de octubre: de 16.00 a 19.00 horas.

• Viernes 4 de octubre: de 8.30 a 14.30 horas.

• Jueves 10 de octubre: de 16.00 a 19.00 horas.

• Viernes 11 de octubre: de 8.30 a 14.30 horas.

• Jueves 17 de octubre: de 16.00 a 19.00 horas.

• Viernes 18 de octubre: de 8.30 a 14.30 horas.

• Jueves 24 de octubre: de 16.00 a 19.00 horas.

• Viernes 25 de octubre: de 8.30 a 14.30 horas.

• Jueves 31 de octubre: de 16.00 a 19.00 horas.

• Lunes 4 de noviembre: de 8.30 a 14.30 horas.

5. La prueba o examen final del curso será presencial, en la EGAP, el día 19 de noviembre de 2024 a las 17.00 horas.

6. El desarrollo de la parte presencial del curso será en la EGAP, calle Madrid, 2-4, Santiago de Compostela.

7. La parte de teleformación (en línea) se desarrollará a través del aula virtual de la EGAP: https://egap.xunta.gal/aulavirtual/

Sexta. Inscripción

1. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa sólo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula>. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

2. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad, todas las personas deben introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con las personas destinatarias y criterios de selección establecidos en las bases cuarta y octava respectivamente de esta convocatoria.

3. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

4. Las personas interesadas deberán seleccionar primero el área en la que está integrada esta actividad (Régimen jurídico y actividad financiera de las administraciones públicas) y, después, seleccionar en «nombre del curso»: Curso superior de capacitación para el desempeño de la función de inspección de servicios sociales.

5. El plazo para la inscripción permanecerá abierto desde las 9.00 horas del primer día hábil siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.59 horas del día 25 de septiembre de 2024.

Podrá obtenerse cualquier otra información a través del correo electrónico novas.egap@xunta.gal o, desde las 9.00 hasta las 14.00 horas, en los teléfonos 981 54 62 39 y 981 54 62 41.

Séptima. Comprobación de datos

1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para la tramitación del procedimiento de selección, se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de esta acción formativa necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se haya opuesto a ello.

2. En caso de que la persona interesada se oponga a esta consulta, deberá indicarlo expresamente incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar, además, los documentos a cuya consulta se opone que indiquen su situación administrativa, el tipo de personal y la antigüedad en la Administración, a través del siguiente correo: <novas.egap@xunta.gal>.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

4. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.

Octava. Criterios de admisión

El orden de admisión, una vez excluidas las solicitudes de las personas que ya completaron este curso en ejercicios anteriores, se realizará de acuerdo con lo establecido en la base cuarta de esta resolución.

Dentro de cada uno de los grupos indicados en dicha base, el orden de selección vendrá determinado por la fecha y hora de inscripción.

Novena. Publicación de los listados de personas seleccionadas, en reserva y excluidas

La EGAP publicará en la dirección web https://egap.xunta.gal los listados de las personas seleccionadas, en reserva, en caso de que el número de solicitudes sea superior al número de plazas y, en su caso, de las personas excluidas en esta actividad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Décima. Cambios o sustituciones en la selección; renuncia, asistencia y seguimiento

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas podrán renunciar a la actividad formativa. La renuncia deberá ser comunicada por correo electrónico dirigido a novas.egap@xunta.gal a la mayor brevedad y, en todo caso y como máximo el día 1 de octubre de 2024, antes de las 12.00 horas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). En la página web de la Escuela estará disponible un modelo de renuncia.

b) Las personas que incumplan el plazo previsto pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad, excepto que la renuncia tenga alguna de las siguientes causas:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

– Por razones de conciliación familiar.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

3. La asistencia y la puntualidad:

a) Es obligatoria la asistencia a las sesiones presenciales de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad.

c) Las faltas de asistencia en las actividades presenciales:

c.1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales. En todo caso, estas faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días, contados a partir del día de la falta de asistencia. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado en la actividad formativa.

c.2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente, contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

4. Seguimiento de las actividades de teleformación:

Es necesario haber hecho y superado todas las actividades y tareas propuestas por la tutoría en la modalidad de teleformación, a través del aula virtual de la EGAP, para tener derecho a hacer el examen final presencial.

Las personas que no completen el 50 % de las actividades de teleformación pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Undécima. Certificado electrónico de aprovechamiento

Al final del curso se emitirá un certificado electrónico de aprovechamiento, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula/) a aquellas personas inscritas que hubieran completado la asistencia mínima requerida del 90 % de las horas lectivas presenciales, hubieran completado y superado todas las actividades propuestas en la modalidad de teleformación en los plazos establecidos en la programación didáctica del curso y hubieran obtenido la calificación de apto/a en la prueba presencial final. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la modalidad de impartición, las fechas y el lugar de realización del curso, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Duodécima. Facultades de la EGAP y de la Consellería de Política Social e Igualdad

1. La EGAP y la Consellería de Política Social e Igualdad se reservan la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de este curso, así como la facultad de cancelarlo si el escaso número de solicitudes no justificara su realización; en ese caso se emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

2. La EGAP y la Consellería de Política Social e Igualdad garantizarán en la acción derivada de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

Santiago de Compostela, 6 de septiembre de 2024

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública