DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Jueves, 24 de febrero de 2011 Pág. 3.077

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA

DECRETO 22/2011, de 10 de febrero, por el que se amplía el número de vocales de la Comisión Superior para el Estudio del Desarrollo del Derecho Civil Gallego.

El Decreto 107/1999, de 8 de abril (DOG número, del 4 de mayo), estableció la composición y funciones de la Comisión Superior para el Estudio y Desarrollo del Derecho Civil Gallego, que es un órgano consultivo de la Xunta de Galicia encuadrado en la consellería con competencias en materia de justicia.

Posteriormente, el Decreto 182/1999, de 17 de junio (DOG número 122, del 28 de junio), amplió el número de vocales de dicha comisión, a fin de incorporar un miembro en representación de la Academia Gallega de Jurisprudencia y Legislación.

Al objeto de que puedan participar todas las instituciones que dispongan de contrastados conocimientos en el ámbito del derecho civil gallego y que, por lo tanto, puedan contribuir con sus aportaciones a la recuperación específica de este, procede incorporar un nuevo miembro al Pleno de la referida comisión en representación del Consejo Gallego de los Procuradores, institución que no contaba con ningún miembro en ella por causa de que fue creada (mediante el Decreto 248/2000, de 29 de septiembre, por el que se aprueba la creación del Consejo Gallego de los Procuradores) después de la última modificación producida en la composición de la referida comisión superior.

Asimismo, la presente modificación al Decreto 107/1999 aprovecha para realizar la procedente adaptación al nuevo marco competencial surgido con la actual estructura organizativa de la Xunta de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día diez de febrero de dos mil once,

DISPONGO:

Artículo único.-Se modifica el artículo 4º.2 c) del Decreto 107/1999, de 8 de abril, que queda redactado como sigue:

«Un representante de cada una de las siguientes instituciones, elegidos de entre sus miembros:

-Consejo de la Cultura Gallega.

-Consejo de la Abogacía de Galicia.

-Consejo Gallego de Procuradores.

-Colegio Oficial de Registradores de la Propiedad y Mercantiles.

-Colegio Notarial de Galicia.

-Academia Gallega de Jurisprudencia y Legislación.»

Disposición adicional

Única.-Las menciones recogidas en el Decreto 107/1999 relativas a la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales deben entenderse sustituidas por la consellería competente en materia de justicia; las relativas a la Dirección General de Justicia y Administración Local, por la de Dirección General de Justicia; y las referencias al director general de Justicia y Administración Local, por la expresión: El titular de la Dirección General de Justicia.

Disposición última

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, diez de febrero de dos mil once.

Alfonso Rueda Valenzuela

Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia