La Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 51º señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido informe favorable de la Consellería de Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único.
1. Queda aprobado el precio de venta al público de la publicación editada por la Consellería de Sanidad y que se relaciona en el anexo.
2. Este precio se entenderá, en su caso, con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 22 de diciembre de 2010.
Mª del Pilar Farjas Abadía
Conselleira de Sanidad
ANEXO
Tratamiento de la hiperplasia benigna de próstata mediante láser. Propuesta de indicadores para su evaluación: 10 euros.