Para dar cumplimento a lo estipulado en el artículo 5º del Decreto 44/2001, de 1 de febrero, por el que se establece la refundición de la normativa en materia del censo de asociaciones y entidades culturales, la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Archivos, una vez aplicadas las claves de clasificación correspondientes, según dispone el artículo 4º del citado decreto, y una vez finalizado el proceso de clasificación,
RESUELVE:
Asignar con carácter provisional el código de identificación del censo (CIC), asignado a las asociaciones y entidades culturales que se relacionan en el anexo de la presente resolución.
Santiago de Compostela, 24 de enero de 2011.
Francisco López Rodríguez
Director general del Libro, Bibliotecas y Archivos
ANEXO
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