DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 26 Martes, 08 de febrero de 2011 Pág. 2.133

III. OTRAS DISPOSICIONES

ACADEMIA GALLEGA DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 2 febrero de 2011 por la que se convocan las bases del plan anual de entrenamiento reglamentario para la seguridad en el manejo de las armas.

Dentro de las actividades programadas para el año 2010 y conforme a las funciones atribuidas por la Ley 1/2007, de 15 de enero, de creación de la Academia Gallega de Seguridad Pública, se anuncia la convocatoria de las bases del plan anual de entrenamiento reglamentario para la seguridad en el manejo de las armas, que deberá desarrollarse de acuerdo con las siguientes bases:

Objetivos.

-Facilitar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11º.4 de la Ley 4/2007, de coordinación de policías locales.

-Disponer de personal actualizado en las prácticas de armamento y tiro policial de defensa.

-Controlar la práctica anual y reglamentaria de la plantilla, mediante un control y una cartilla de tiro individual.

-Establecer distintos niveles para categorías de tirador según la seguridad y habilidad que demuestren en el manejo de las armas.

Destinatarios/as.

La actividad va dirigida a los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan interés en cumplir con lo dispuesto en el artículo 11º.4 de la Ley 4/2007, relativo a garantizar una adecuada preparación en el uso del arma reglamentaria para el personal de los cuerpos de policía local.

Para tal fin, la Dirección General de la Academia Gallega de Seguridad Pública establece un plan anual de entrenamiento, en el que se incluye una práctica cuatrimestral para el personal de los ayuntamientos interesados.

Solicitudes.

Los ayuntamientos interesados deberán remitir el anexo que se adjunta a la Academia Gallega de Seguridad Pública, avenida de la Cultura, s/n, A Estrada (Pontevedra), antes del día 25 de febrero de 2011.

Las solicitudes podrán presentarse a través del fax de la Agasp, número 886 20 61 22, o de acuerdo con lo previsto en el artículo 38º.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Las solicitudes deberán estar autorizadas en el anexo correspondiente por la Alcaldía, concejalía o jefe de personal, según proceda.

La Academia Gallega de Seguridad Pública, finalizado el plazo de presentación de solicitudes, establecerá un turno o programa cuatrimestral para que cada ayuntamiento escoja la fecha y hora que mejor se acomode a la disposición del servicio de su cuerpo de policía local.

Además, todos aquellos ayuntamientos que hubiesen adquirido recientemente armas reglamentarias para la policía local tendrán preferencia para efectuar las prácticas reglamentarias, indispensables para un mejor conocimiento de la nueva arma y la adquisición de la destreza suficiente para el manejo de la misma con la seguridad y habilidad necesarias.

Medios.

Para el desarrollo de la actividad, los alumnos deberán traer cada uno su arma reglamentaria de la dotación y la correspondiente munición para las prácticas. La Academia Gallega de Seguridad Pública nombrará los profesores e instructores necesarios.

Calendario anual.

1º cuatrimestre: mes de marzo (del 14 al 24 de marzo).

2º cuatrimestre: mes de junio.

3º cuatrimestre: mes de octubre.

Determinación de la fecha de las prácticas.

Configurado el plan anual según las solicitudes recibidas se comunicará a los ayuntamientos con la finalidad de que, a su vez, informen con antelación suficiente de la relación nominal del personal participante en cada práctica, señalando el día y la hora de esta.

Control y cartilla de tiro.

El personal de policía no podrá efectuar más de una práctica por cuatrimestre.

El control de las prácticas del personal lo gestionarán conjuntamente la Academia Gallega de Seguridad Pública y la persona designada por el ayuntamiento.

Se establecerán niveles según la categoría y habilidad que cada tirador/a muestre en los aspectos tanto de seguridad como de manejo con las armas, niveles a los que irá accediendo paulatinamente cada policía, en su caso. Estos niveles constarán en la cartilla o documento de control que se disponga para las prácticas de tiro, tal y como se indicaba en el apartado anterior.

Lugar.

Las prácticas de desarrollarán en la galería de tiro de la Academia Gallega de Seguridad Pública, sita en la avenida de la Cultura, s/n, en el ayuntamiento de A Estrada.

Modificaciones.

La Academia Gallega de Seguridad Pública podrá modificar el desarrollo del plan anual de actualización para adaptarlo a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

A Estrada, 2 de febrero de 2011.

José Carlos García Bouzas

Director de la Academia Gallega de Seguridad Pública

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