DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Lunes, 31 de enero de 2011 Pág. 1.665

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE HACIENDA

DECRETO 228/2010, de 30 de diciembre, por el que se desafectan del dominio público dos inmuebles, antiguas casetas de peones camineros, situados en los ayuntamientos de Boiro y Dodro, respectivamente.

La Comunidad Autónoma de Galicia es titular de las antiguas casetas de peones camineros en virtud del Real decreto 2708/1983, de 21 de septiembre, sobre transferencia de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de carreteras, que concretamente en su anexo, párrafo F) c), establece que se traspasan a la Comunidad Autónoma de Galicia los bienes inmuebles afectos a las carreteras transferidas, descritos en la relación 2.3, especificando parcelas, viveros, almacenes, casas de peones camineros, etc., anexas a las carreteras transferidas.

El artículo 10º.1 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, señala que cuando los bienes y derechos no fueran necesarios para el cumplimiento de los fines determinantes de su afectación, cesará su naturaleza demanial y adquirirán la condición de patrimoniales, sin perjuicio, en su caso, del derecho de reversión en los términos de la legislación de expropiación forzosa respecto de aquellos bienes adquiridos por este título.

El punto segundo del antedicho artículo establece que la desafectación de los bienes de dominio público de la Comunidad Autónoma de Galicia deberá hacerse mediante acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, previa instrucción del expediente por la Consellería de Hacienda, a instancia de la consellería interesada, y siempre que se acredite la desaparición de las causas justificativas de la afectación.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día treinta de diciembre de dos mil diez,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se desafectan del dominio público los bienes descritos a continuación:

1. Solar de 840 m2 de superficie, situado en el punto kilométrico 23,550 de la actual AC-305, Padrón-Ribeira, antigua C-550, hoy calle Cimadevila, s/n, del municipio y villa de Boiro (A Coruña). Límite: al norte, Inmobiliaria Paxonal, S.A.; al sur, Manuel Comojo Lojo; al este, carretera AC-305, hoy calle Cimadevila, y al oeste, camino, José Ramón Otero Martínez, desconocido y Juan García Torrado.

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Noia, en el tomo 1.334, libro 263 y folio 159, finca nº 24.276.

Referencia catastral: 0024309NH1202S0001MP.

2. Solar con una superficie total de 362 m2, sobre el que se asienta un edificio conocido cómo antigua caseta de peones camineros de Dodro, de planta baja de 107 m2, en el punto kilométrico 3,090 de la carretera C-550, actual AC-305 Padrón-Ribeira, hoy lugar de A Igrexa, 28, Cruceiro, ayuntamiento de Dodro (A Coruña). Límite: al norte, Rosa Vigo Pérez; al sur, carretera AC-305 Padrón-Ribeira; al este, Rosa Vigo Pérez, y al oeste, Rosa Vigo Pérez, Carlos Calvo Susavila y Manuel Vigo Pérez.

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Padrón, en el tomo 824, libro 74, folio 203, finca nº 10.191.

Referencia catastral: 15033A004007630000JP de rústica y 000102300NH22H0001ZQ de urbana.

Artículo 2º

Los inmuebles anteriormente descritos adquieren naturaleza patrimonial.

Disposición final

La Consellería de Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad de este decreto.

Santiago de Compostela, treinta de diciembre de dos mil diez.

Alberto Núñez Feijóo

Presidente

Marta Fernández Currás

Conselleira de Hacienda