Advertido un error en la mencionada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 2, del martes 4 de enero de 2011, es preciso publicar las siguientes correcciones:
1. En la página 178, en el Dispongo: Artículo 2º.1. en el segundo párrafo, hay que añadir, después del punto, lo siguiente: «La duración de las becas podrá ser prorrogada en función de las disponibilidades presupuestarias.»
2. En la página 182, en el Dispongo: Artículo 14º 3. a) donde dice: «En el plazo de treinta días antes de la fecha en que se cumplan las dos primeras anualidades de disfrute de la ayuda », debe decir: «En el plazo de treinta días antes de la fecha de la finalilización de la ayuda »