DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 16 Martes, 25 de enero de 2011 Pág. 1.506

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

AGENCIA DE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA

CÉDULA de 11 de enero de 2011 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística IU1/3/2010, por ignorarse el lugar de la notificación.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística el día 5 de enero de 2011 dictó resolución por la que se declaran ilegalizables las obras que se están realizando sobre la parcela propiedad de Preciosa Suárez Traba y Ramona Suárez Traba, consistentes en la construcción de una edificación con tipología de vivienda unifamiliar, en el paraje de O Rostro, lugar de Suarriba, parroquia de Sardiñeiro, en el término municipal de Fisterra, provincia de A Coruña.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59º.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a las interesadas dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61º de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a las interesadas que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, las interesadas pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta cédula, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14º.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste, y sirva de notificación a las citadas interesadas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59º.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 11 de enero de 2011.

María Martínez Allegue

Directora de la Agencia de Protección

de la Legalidad Urbanística