De conformidad con lo establecido en el artículo 29º.2 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, y en el artículo 16º del Decreto 93/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna, y en uso de las atribuciones+++ conferidas por el artículo 17º.4 del mismo decreto, esta consellería
DISPONE:
Primero.-Anunciar la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo que se indica en el anexo I de esta orden.
Segundo.-Podrán concurrir a ella los/as funcionarios/as de carrera que reúnan las condiciones que para el puesto de trabajo se señalan en el anexo I.
Tercero.-Las solicitudes para participar en esta convocatoria se presentarán en el registro general de la Xunta de Galicia (edificio administrativo de San Caetano, s/n, Santiago de Compostela), en sus departamentos territoriales o en las oficinas previstas en el artículo 38º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, según el modelo que se incluye en el anexo II.
Cuarto.-Los aspirantes deberán unir a la petición un curriculum vitae y justificar documentalmente los méritos que aleguen.
Quinto.-En el caso de que resulte seleccionado/a para ocupar el puesto de trabajo que se anuncia en el anexo I de esta orden un/a funcionario/a con destino en otras administraciones públicas, se tramitará su traslado a esta comunidad autónoma conforme al artículo 67º del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, y demás disposiciones concordantes.
Sexto.-La resolución de esta convocatoria se hará pública en el Diario Oficial de Galicia y podrá declararse desierto el puesto de trabajo, de considerarse oportuno.
Séptimo.-El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, si el destino anterior está en la misma localidad del nuevo destino, y de un mes, si está en localidad distinta o comporta el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá producirse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, o desde la fecha en que se comunique la resolución del traslado a la comunidad autónoma, para el caso de funcionarios/as de otras administraciones públicas.
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Octavo.-Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los/las interesados/as podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la conselleira de Trabajo y Bienestar, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o podrán impugnarla directamente ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente en el plazo de dos meses contados a partir de la misma fecha, según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 11 de enero de 2011.
Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar
ANEXO I
-Denominación del puesto: Servicio de Voluntariado.
Código: VP.403.00.003.15770.020.
Nivel:28.
Dependencia: Dirección General de Juventud y Voluntariado.
Localidad: Santiago de Compostela.
Grupo: A1/A2.
Cuerpo/escala: general.
C. Espec.: 12.269,76 .
Adscrición administraciones públicas: A11 (adscrición indistinta a funcionarios/as de la Administración de la Xunta de Galicia, Administración del Estado, Administración de comunidades autónomas).
Formación específica: 640 (para personal de otra Administración, curso de perfeccionamiento de gallego -requisito indispensable-).
Ver referencia pdf "01600D013P057.PDF"