DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 24 de enero de 2011 Pág. 1.423

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

AGENCIA DE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA

CÉDULA de 30 de diciembre de 2010 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística IU1/155/2009, devuelta por el órgano notificador por resultar sus destinatarios ausentes en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística el día 14 de diciembre de 2010 dictó resolución por la que se declaran ilegalizables las obras promovidas por Juan José López Novo y Mª de los Desamparados Puig Vara consistentes en la construcción de una vivienda unifamiliar aislada sin vinculación a explotación agrícola o ganadera, en el lugar de Pedregal, parroquia de Crendes, en el término municipal de Abegondo, provincia de A Coruña.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59º.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se les notifica a los interesados dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61º de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta cédula, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercen su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14º.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y les sirva de notificación a los citados interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59º.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2010.

María Martínez Allegue

Directora de la Agencia de Protección

de la Legalidad Urbanística