En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley 9/2006, de 28 de abril, de evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, se hace pública la decisión de no someter a la modificación puntual de las normas subsidiarias. Ordenanza: 2.-Normas urbanísticas. 2.2.-Normas de edificación. 2.2.2.-Condiciones generales de uso-Uso vivienda-Aparcamiento, del ayuntamiento de Bueu (Pontevedra) al procedimiento establecido en su artículo 7º.
Esta decisión se puede consultar en la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras en la siguiente dirección de internet:
http://aae.medioambiente.xunta.es/
Santiago de Compostela, 15 de diciembre de 2010.
Justo de Benito Basanta
Secretario general de Calidad y Evaluación Ambiental