DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 24 de enero de 2011 Pág. 1.406

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2011 por la que se convoca el III Curso superior de formación del ingeniero de caminos, canales y puertos en la Administración local.

Dentro del plan de actividades de la Escuela Gallega de Administración Pública para el año 2011 y de acuerdo con las funciones atribuidas por la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela, y por la Ley 10/1989, de 10 de julio, de modificación de la anterior, se convoca, en colaboración con la Demarcación de Galicia del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, el III Curso superior de formación del ingeniero de caminos, canales y puertos en la Administración local, conforme a las siguientes bases:

Primera.-Objetivos.

Son objetivos de este curso los siguientes:

-Complementar la formación de los ingenieros de caminos, canales y puertos en relación a los trabajos que pueden desarrollar en la Administración municipal.

-Actualizar los conceptos urbanísticos de planificación y gestión, y su adaptación a la práctica del urbanismo municipal en Galicia.

-Actualizar la formación del ingeniero de caminos, canales y puertos en los proyectos de urbanización y las obras de competencia municipal o supramunicipal.

-Formar al ingeniero de caminos, canales y puertos municipal en el papel de interlocutor municipal en el diálogo con otras administraciones (central, autonómica, diputaciones, organismos autónomos, etc.).

-Mejorar la competencia profesional de los ingenieros de caminos, canales y puertos que desarrollen su actividad en el ejercicio libre o en entidades privadas que deban relacionarse con la Administración local.

Segunda.-Contenido.

El contenido del curso comprenderá los siguientes temas:

-Estructura organizativa del Estado y el papel de las entidades locales (municipios y diputaciones).

-La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local: competencias y obligaciones de las entidades locales.

-Competencias de los ingenieros de caminos, canales y puertos, funciones y responsabilidades del ingeniero municipal.

-La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público.

-Legislaciones sectoriales con incidencia en las entidades locales (ordenación del territorio, carreteras, aguas, costas, puertos, patrimonio, medio ambiente y espacios protegidos, etc.).

-Legislación sobre prevención de riesgos laborales: responsabilidades del ingeniero de caminos municipal.

-La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común: procedimientos, redacción de informes, participación de los ciudadanos, etc.

-Nuevas tecnologías al servicio del ingeniero municipal: SIG, cartografía digital, fotografía aérea, información de satélites, etc.

-El marco legal de la ordenación del territorio y del urbanismo en Galicia.

-El plan general municipal.

-Los planes de desarrollo urbanístico.

-Informes urbanísticos del plan general municipal y de los planes de desarrollo.

-Los proyectos de urbanización.

-Los sistemas de gestión urbanística.

-Los convenios urbanísticos.

-La disciplina urbanística.

-La evaluación ambiental de los planes.

-La sostenibilidad y la protección del medio ambiente en el ámbito de las entidades locales.

-Coordinación de la planificación de infraestructuras y servicios con administraciones supramunicipales y entidades privadas.

-El proyecto de las infraestructuras de transporte: carreteras urbanas, calles, ferrocarriles urbanos y metropolitanos, estaciones de ferrocarril y autobuses, aparcamientos, intercambiadores, etc.

-Aspectos prácticos de la construcción de las infraestructuras de transporte.

-El proyecto de los servicios urbanos municipales: abastecimiento, saneamiento, alumbrado público, control de tráfico, energía eléctrica, telecomunicaciones, distribución de gas, gestión de residuos sólidos, etc.

-Aspectos prácticos de la construcción de los servicios urbanos municipales.

-Infraestructuras de las áreas industriales y de las áreas empresariales.

-Los equipamientos y las dotaciones públicas.

-El proyecto de los espacios libres (plazas, bordes fluviales, litoral, parques, etc.).

-Legislación sobre accesibilidad e incidencia en la gestión municipal.

-La gestión de los servicios municipales y la relación con los concesionarios.

-La gestión del patrimonio y los bienes municipales: adquisición, inventario, cesión, enajenación, etc.

-Aspectos particulares de los proyectos de expropiación, asignación del valor del suelo y mutuos acuerdos.

Tercera.-Plazas, duración, fechas y lugar de realización.

Plazas: 40.

Duración: el curso tendrá una duración de 120 horas lectivas, de las cuales 100 horas serán teóricas y 20 horas prácticas.

Fechas: 18, 19, 25 y 26 de febrero; 4, 5, 11, 12, 25 y 26 de marzo; 1, 2, 8, 9, 15, 16, 29 y 30 de abril; 6, 7, 13, 14, 20, 21, 27, y 28 de mayo y 3, 4, 10, y 11 de junio de 2011, en horario de 16.30 horas a 20.30 horas los viernes y de 10.00 horas a 14.00 horas los sábados.

Lugar de realización: Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP); c/ Madrid, 2-4, polígono de As Fontiñas, Santiago de Compostela.

Cuarta.-Destinatarios.

Será requisito necesario para la realización del curso ser, a la fecha de la convocatoria, ingeniero de caminos, canales y puertos colegiado en el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, alumno de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de la Universidad de A Coruña precolegiado en el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos o ingeniero civil perteneciente a la Ordem dos Engenheiros de Portugal.

Las plazas se distribuirán en grupos de la siguiente manera:

a) 10 plazas tendrán como destinatarios a los empleados/as públicos/as de las administraciones públicas de Galicia, tanto autonómica como local, y de las universidades del Sistema Universitario de Galicia que cumplan los siguientes requisitos: pertenecer al grupo A (subgrupo A1) del personal funcionario, o al grupo I del personal laboral incluido en el ámbito de aplicación del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia.

Los ingenieros de caminos, canales y puertos que trabajen para los ayuntamientos contratados a tiempo completo se encuadrarán en este grupo.

a) 10 plazas tendrán como destinatarios/as los/las alumnos/as de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de la Universidad de A Coruña.

b) 5 plazas tendrán como destinatarios/as ingenieros civiles pertenecientes a la Ordem dos Engenheiros de Portugal.

c) 15 plazas tendrán como destinatarios los ingenieros de caminos, canales y puertos que no pertenezcan a ninguno de los grupos anteriores.

En caso de no cubrirse en su totalidad el cupo de plazas reservadas en los apartados anteriores, estas podrán cubrirse por el resto de solicitantes, en el orden de preferencia siguiente: empleados públicos, ingenieros de caminos, canales y puertos no empleados públicos, ingenieros civiles portugueses y alumnos de la Universidad de A Coruña.

Este curso se valorará con 1 punto a aquellos alumnos/as aprobados/as que cumplan los requisitos para la aplicación de lo establecido en la Resolución de 26 de octubre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se establecen, de acuerdo con las comunidades autónomas, los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de formación y perfeccionamiento de Administración local, en cumplimiento de lo establecido en la orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, de la Resolución de 30 de noviembre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública por la que se corrigen errores de la Resolución de 26 de octubre de 1994 y también de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionario/as con habilitación de carácter estatal (DOG nº 52, del 16 de marzo de 2009).

Quinta.-Pago de la matrícula.

El importe de la matrícula es de setecientos euros (700 €) con carácter general.

Para todos aquellos solicitantes incluidos en el apartado 4.a) el importe de la matrícula será de trescientos cincuenta euros (350 €).

El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos concederá una beca de trescientos cincuenta euros (350 €) para ingenieros de caminos, canales y puertos en situación de paro laboral durante el 50% o más de la duración del curso y para los alumnos de la Universidad de A Coruña.

El importe anterior podrá hacerse efectivo en su totalidad en el momento de formalizar la matrícula o en dos plazos. En este último caso, el 50% del total se pagará al matricularse y el 50% restante se hará efectivo entre el 1 y el 10 de junio de 2011.

La matriculación y el primer pago del coste del curso deberá efectuarse dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación por parte de la EGAP de la aceptación de los alumnos en el curso. Para ello, la EGAP comunicará al alumnado admitido en el curso el modo para la formalización de la matrícula.

La EGAP no procederá en ningún caso a la devolución de las cantidades abonadas.

Las personas matriculadas que no hagan efectivo el importe total de los derechos de inscripción dentro de los plazos marcados para cada caso perderán su condición de alumnos de este curso y no tendrán derecho a la devolución de las cuantías ingresadas con anterioridad.

Sexta.-Criterios de selección.

Los participantes serán seleccionados por una comisión técnica independiente, designada al efecto, cuya composición será publicada en el portal web de la EGAP. La comisión seleccionará a los candidatos con independencia y discrecionalidad técnica con respecto a los órganos directivos de la EGAP.

a) Solicitantes incluidos en el apartado 4.a): la puntuación máxima será de 10 puntos y se aplicará el siguiente baremo:

-Por experiencia en un puesto de ingenieros de caminos, canales y puerto en la Administración o entidades adscritas: 1 punto por año trabajado hasta un máximo de 5.

Las fracciones de año trabajado en distintas administraciones podrán acumularse. Las fechas de referencia, a efectos del cómputo del tiempo, serán las que figuran en la diligencia de toma de posesión y cese o en el certificado de vida laboral.

-Por experiencia en un puesto de trabajo relacionado directamente con la Administración: 0,5 puntos por año trabajado hasta un máximo de 2.

Esta experiencia podrá acreditarse mediante la presentación de un certificado de vida laboral y/o una relación de los trabajos realizados en colaboración con la Administración o entidades adscritas, expedido por el órgano competente.

-Por la realización de cursos específicos relacionados con el ejercicio de la profesión dentro de la Administración pública: hasta un máximo de 3 puntos.

*) Por cursos de 20 a 80 horas: 0,10 puntos.

*) Por cursos de 80 a 150 horas: 0,30 puntos.

*) Por cursos de más de 150 horas: 0,60 puntos.

b) Solicitantes incluidos en el apartado 4.b): la puntuación máxima será de 10 puntos y se aplicará el siguiente baremo:

-Por haber superado todas las asignatura correspondientes a los cursos 1º, 2º, 3º y 4º de la carrera de ingeniero de caminos, canales y puertos, 5 puntos.

-La nota media simple del expediente académico del alumno de la Universidad de A Coruña se valorará linealmente entre 0 y 2 puntos, correspondiendo 2 puntos a la nota media simple más alta de los solicitantes y 0 puntos a la nota media simple más baja.

-Por la realización de cursos específicos relacionados con el ejercicio de la profesión dentro de la Administración pública: hasta un máximo de 3 puntos.

*) Por cursos de 20 a 80 horas: 0,10 puntos.

*) Por cursos de 80 a 150 horas: 0,30 puntos.

*) Por cursos de más de 150 horas: 0,60 puntos.

c) Solicitantes incluidos en el apartado 4.c): la puntuación máxima será de 10 puntos y se aplicará el siguiente baremo:

-Por experiencia en un puesto de ingeniero civil en la Administración o entidades adscritas: 1 punto por año trabajado hasta un máximo de 5.

Las fracciones de año trabajado en distintas administraciones podrán acumularse. Las fechas de referencia, a efectos del cómputo del tiempo, serán las que figuran en la diligencia de toma de posesión y cese o en el certificado de vida laboral.

-Por experiencia en un puesto de trabajo relacionado directamente con la Administración: 0,5 puntos por año trabajado hasta un máximo de 2.

Esta experiencia podrá acreditarse mediante la presentación de un certificado de vida laboral y/o una relación de los trabajos realizados en colaboración con la Administración o entidades adscritas, expedido por el órgano competente.

-Por la realización de cursos específicos relacionado con el ejercicio de la profesión dentro de la Administración pública: hasta un máximo de 3 puntos.

*) Por cursos de 20 a 80 horas: 0,10 puntos.

*) Por cursos de 80 a 150 horas: 0,30 puntos.

*) Por cursos de más de 150 horas: 0,60 puntos.

d) Solicitantes incluidos en el apartado 4.d): la puntuación máxima será de 10 puntos y se aplicará el siguiente baremo:

-Por experiencia en un puesto de ingeniero de caminos, canales y puertos en la Administración o entidades adscritas: 1 punto por año trabajado hasta un máximo de 3.

Las fracciones de año trabajado en distintas administraciones podrán acumularse. Las fechas de referencia, a efectos del cómputo del tiempo, serán las que figuran en la diligencia de toma de posesión y cese o en el certificado de vida laboral.

-Por experiencia en un puesto de trabajo relacionado directamente con la Administración: 0,5 puntos por año trabajado hasta un máximo de 4.

Esta experiencia podrá acreditarse mediante la presentación de un certificado de vida laboral y/o una relación de los trabajos realizados en colaboración con la Administración o entidades adscritas, expedido por el órgano competente.

-Por la realización de cursos específicos relacionados con el ejercicio de la profesión dentro de la Administración pública: hasta un máximo de 3 puntos.

* a) Por cursos de 20 a 80 horas: 0,10 puntos.

* b) Por cursos de 80 a 150 horas: 0,30 puntos.

* c) Por cursos de más de 150 horas: 0,60 puntos.

La comisión resolverá las alegaciones y reclamaciones que se pudiesen suscitar.

Séptima.-Plazo de inscripción y presentación de instancias.

El plazo para la inscripción finalizará el día 3 de febrero de 2011.

Para inscribirse, las personas interesadas deberán cubrir la instancia curricular que a este efecto figurará en la página web de la EGAP con la siguiente dirección: http://egap.xunta.es/cursoECCP

A las personas admitidas se les solicitará que presenten los siguientes documentos:

a) Si los peticionarios son empleados/as públicos/as:

-Certificado expedido por el responsable de personal del organismo de que dependa el solicitante, en el que se indique la situación administrativa en el correspondiente cuerpo o escala.

-Certificado de colegiación, emitido por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos específico para la realización de este curso.

-Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

b) Si el peticionario es alumno de la Universidad de A Coruña:

-Certificado expedido por el secretario de la ETS de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de la Universidad de A Coruña en el que se indique que está matriculado en el curso 2010-2011.

-Certificado de precolegiación, emitido por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos específico para la realización de este curso.

-Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

c) Si el peticionario es ingeniero civil portugués:

-Certificado de colegiación, emitido por la Ordem dos Engeneiros de Portugal, específico para la realización de este curso.

-Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

d) Para el resto de los peticionarios:

-Certificado de colegiación, emitido por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos específico para la realización de este curso.

-Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

Toda la documentación remitida por los solicitantes que no sea original tendrá que estar debidamente compulsada, pudiendo hacerse en la EGAP o en las oficinas del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

Podrá pedirse la aclaración en todo momento de los méritos presentados. Los méritos que se incluyan en la ficha curricular deberán estar convenientemente documentados. La no presentación de los documentos acreditativos de los citados méritos dará lugar a la exclusión del curso del solicitante previamente seleccionado.

Octava.-Lista de espera.

La comisión fijará una lista de espera por orden de preferencia en el proceso selectivo para cubrir las posibles vacantes de aquellas personas seleccionadas que causen baja antes del inicio del curso o en el transcurso de las primeras veinticuatro horas lectivas del mismo. Las personas que no figuren en dicha lista de espera o bien se encuentran en un puesto más alejado en la lista de reservas, o bien fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria.

Novena.-Publicación de la lista de seleccionados y plazo de presentación de alegaciones.

La lista de seleccionados se publicará en la página web de la EGAP (http://egap.xunta.es/). El plazo para la presentación de alegaciones será de tres días hábiles a partir de la fecha de publicación, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6º b) de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Décima.-Desarrollo del curso.

Durante la celebración de este curso se llevará a cabo un control permanente de la asistencia mediante los sistemas que se establezcan al efecto. Los alumnos que participen en el curso tendrán que firmar su asistencia a cada una de las sesiones académicas, tanto teóricas como práctica. Las ausencias ocasionales del curso constarán como incidencia dentro de cada sesión a efectos del cómputo correspondiente. Podrán realizarse también controles de asistencia extraordinarios en cualquier momento del desarrollo del curso.

La superación de este curso queda supeditada a que los alumnos acudan con regularidad al curso, con un porcentaje de asistencia que deberá ser al menos del 85% de las horas programadas, y también a que su trabajo alcance una calidad mínima. Los participantes que no cumplan los requisitos, sea cual sea la causa, quedarán eliminados, y como consecuencia perderán todos los derechos.

Únicamente podrá autorizarse la ausencia por causas justificadas, pero bajo ningún concepto podrá superar ésta el 15% de las horas lectivas. En este caso se acreditará documentalmente ante el servicio competente de la EGAP o ante la persona responsable del curso, en un plazo máximo de diez (10) días después de que esta ausencia se produzca.

Undécima.-Certificado de aprovechamiento.

Para la superación de este curso y la obtención del mencionado certificado de aprovechamiento, los alumnos deberán presentar los trabajos en grupo, que se elaborarán bajo la dirección de los profesores durante el período docente, y un trabajo final de curso, sobre una materia relacionada con la actividad convocada, cuya propuesta deberá ser aprobada previamente por los directores académicos. Los trabajos serán objeto de exposición pública y el final será evaluado por un tribunal designado al efecto.

El plazo de entrega del trabajo se fijará durante la realización del curso y les será comunicado a los alumnos. Si, tras la exposición pública del trabajo, el tribunal considera que no alcanza una calidad mínima, el alumno deberá presentar de nuevo el trabajo en la fecha que la dirección del curso le indique (sólo se tendrán dos oportunidades para la presentación del trabajo ante el tribunal).

A la finalización del curso los alumnos obtendrán una calificación que será de no apto, apto o apto con mención. En estos dos últimos casos, esto se reflejará en un certificado de superación del curso, que emitirá la EGAP. No se expedirán certificados de asistencia sin haber superado el curso.

Duodécima.-Modificaciones e incidencias.

La EGAP se reserva la facultad de modificar el programa, y la de interpretación para resolver las incidencias que pudiesen surgir en el desarrollo de este curso, así como la de cancelarlo si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

La dirección del curso resolverá las incidencias de carácter general que puedan producirse durante el desarrollo del curso.

Santiago de Compostela, 19 de enero de 2011.

Pablo Figueroa Dorrego

Director de la Escuela Gallega

de Administración Pública