La Orden de 4 de octubre de 2010 (DOG del 11 de octubre) por la que se convocan los premios extraordinarios de educación secundaria obligatoria al rendimiento académico correspondientes al curso 2008-2009, establece en el artículo 10º.2 que, el director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa elevará la propuesta hecha por el tribunal al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, que emitirá la resolución correspondiente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Una vez realizadas las pruebas, publicada el acta provisional con las calificaciones obtenidas por los candidatos, resueltas las reclamaciones presentadas y vista el acta con la propuesta definitiva del tribunal de adjudicación de los premios extraordinarios y a propuesta del director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, este conselleiro
DISPONE:
Primero.-Conceder los premios extraordinarios de educación secundaria obligatoria al rendimiento académico correspondientes al curso 2009-2010 al alumnado que figura en el anexo a esta orden.
Segundo.-Contra la resolución de adjudicación de los premios se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116º y 117º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, o bien impugnarla directamente en la vía jurisdiccional ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses desde tal publicación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2010.
Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria
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