DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Viernes, 21 de enero de 2011 Pág. 1.305

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO UNO DE PONTEVEDRA

EDICTO (116/2009).

José Tronchoni Albert, secretario judicial, hago saber que en el juicio verbal seguido en dicho juzgado de lo Mercantil número uno de Pontevedra con el nº 116/2009, a instancia de Ángel Curras Rúa, contra Marco Antonio Ganzo Álvarez, se ha acordado publicar mediante edictos sentencia dictada en este procedimiento cuyo encabezamiento y fallo dice lo siguiente:

«Sentencia nº 159/2010.

Pontevedra, 8 de julio de 2010.

José Mª Blanco Saralegui, magistrado del Juzgado Mercantil número uno de Pontevedra, habiendo visto los autos registrados con el número 116/2009 instados por la procurador Sra. Angulo, en nombre y representación de Comercial Goberna, S.L., asistida por el letrado Sr. González Cuenca contra Marco Antonio Ganzo Álvarez, en situación procesal de rebeldía, en reclamación de cantidad.

Fallo que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Angulo en la representación acreditada, debo condenar y condeno a Marco Antonio Ganzo Álvarez al pago a la actora de 1.944,52 euros, más intereses legales desde la interpelación judicial, más intereses de mora procesal desde la fecha de la sentencia hasta su completa pago, con expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme, y ante la misma cabe interponer recurso de apelación a preparar en este juzgado para ante la Audiencia Provincial de Pontevedra en el plazo de 5 días desde el siguiente a su notificación, previa consignación, al prepararlo, de la cantidad de 50 euros en la forma establecida por la disposición final 15ª LOPJ.

Así, por esta mi sentencia, que se registrará en el libro de sentencias y de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo».

Y, para que sirva de notificación de dicha sentencia a Marco Antonio Ganzo Álvarez, en legal forma se expide el presente edicto.

Pontevedra, cinco de octubre de dos mil diez.

José Tronchoni Albert

Secretario judicial