DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 12 Miercoles, 19 de enero de 2011 Pág. 1.064

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL

RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2011 por la que se aprueba el Plan de gestión de recursos piscícolas de un tramo del río Madanela, en el término municipal de Vilalba.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68º del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales, aprobado por el Decreto 130/1997, de 14 de mayo, el Servicio Provincial de Conservación de la Naturaleza de Lugo inició el expediente de aprobación del Plan de gestión de recursos piscícolas del siguiente tramo del río Madanela, situado en el término municipal de Vilalba:

Límite superior: A Ponte Nova en Lanzós.

Límite inferior: unión con el río Trimaz.

Longitud aproximada: 9,1 km.

Fundamentos jurídicos.

La tramitación del expediente de aprobación del Plan de gestión de recursos piscícolas del tramo del río Madanela antes citado se ajustó a lo establecido en la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, y al Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales. Concretamente, en la elaboración de este Plan de gestión de recursos piscícolas han sido oídos el Comité Provincial de Pesca Fluvial de Lugo y el Comité Gallego de Pesca Fluvial, que emitieron informes favorables sobre la aprobación del citado plan.

Con arreglo a lo establecido en el artículo 68º del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, el conselleiro del Medio Rural es el órgano competente para la aprobación de los planes de gestión de recursos piscícolas.

De acuerdo con todo lo anterior,

RESUELVO:

Aprobar el Plan de gestión de recursos piscícolas del tramo del río Madanela que se señala en los antecedentes.

El contenido íntegro de este plan podrá consultarse en las dependencias de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consellería del Medio Rural, sitas en San Lázaro, s/n, en Santiago de Compostela.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el conselleiro del Medio Rural, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela en el plazo de dos meses, contados estos plazos desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de enero de 2011.

Samuel Juárez Casado

Conselleiro del Medio Rural