Examinada la solicitud de inscripción en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago, presentada por la asociación San Guillermo de Arnotegui de fecha 20 de octubre de 2010.
Visto el Decreto 45/2001, de 1 de febrero, de refundición de la normativa en materia del Camino de Santiago, modificado en parte por el Decreto 209/2002, de 13 de junio.
Visto igualmente el informe de la Subdirección General de Protección del Patrimonio Cultural, emitido de acuerdo con el artículo 23º del mencionado decreto, según el cual «las entidades solicitantes deberán tener como finalidad la recuperación, conservación y promoción de los Caminos de Santiago, así como la difusión de la cultura derivada de los mismos».
Considerando que según el artículo 26º, la solicitud fue presentada según el modelo que figura en el anexo y acompañada de la documentación pertinente.
Considerando que la solicitud presentada cumple las normas establecidas en el decreto de referencia,
RESUELVO:
Que la asociación San Guillermo de Arnotegui quede inscrita en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago con el número 195.
Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2010.
José Manuel Rey Pichel
Director general de Patrimonio Cultural