DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Miercoles, 12 de enero de 2011 Pág. 718

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA

DECRETO 220/2010, de 23 de diciembre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de OU-0853 Nacional 536 Candeda, de la Diputación Provincial de Ourense.

La Diputación Provincial de Ourense, en sesión del día veintitrés de julio de dos mil diez, aprobó el proyecto de OU-0853 Nacional 536 Candeda y, en la misma sesión, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52º de la Ley de expropiación forzosa.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

Que dicho expediente tuvo entrada en la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y contiene la justificación acreditativa de la motivación para la declaración de urgente ocupación.

Que el expediente fue tratado en la comisión de secretarios generales previa a su elevación al Consello de la Xunta de Galicia.

Que el expediente contiene la documentación a la que se refiere el artículo primero de la Orden de 7 de diciembre de 1983, sobre declaraciones de urgente ocupación, así como la exigida en el artículo 3º de la Ley 11/1996, de 27 de diciembre, de medidas de disciplina presupuestaria.

En consecuencia, se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, ya que, según señala la diputación, con esta actuación se trata de evitar los posibles siniestros en este tramo de la carretera, como consecuencia, entre otros extremos, de las importantes repercusiones en la calzada por la circulación de tráfico pesado procedente de las obras de una cantera próxima, así como por la existencia de una hendidura muy profunda en un carril, trasladando el eje de la carretera y alejando la vía de la zona dañada, para hacerla una zona segura y estable para la circulación del tráfico rodado.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27º.2 y 28º.2 del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintitrés de diciembre de dos mil diez,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52º de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de OU-0853 Nacional 536 Candeda, de la Diputación Provincial de Ourense, debiendo, en su caso, una vez ocupados los terrenos necesarios, obtener las autorizaciones que sean necesarias de los organismos competentes, con carácter previo al inicio de las obras.

Santiago de Compostela, veintitrés de diciembre de dos mil diez.

Alberto Núñez Feijóo

Presidente

Alfonso Rueda Valenzuela

Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia