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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 250 Jueves, 30 de diciembre de 2010 Pág. 21.395

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE HACIENDA

RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2010, de la Dirección General de Tributos, por la que se actualizan los anexos V, VI y VII de la Orden de 30 de junio de 1992, de la Consellería de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación de las tasas de la Comunidad Autónoma de Galicia y se establece la utilización de efectos timbrados para el pago de las tasas por servicios administrativos de compulsa de documentos y de bastanteo de poderes y documentos acreditativos de legitimación.

Para una adecuada aplicación de las tasas y los precios de la Comunidad Autónoma de Galicia la orden a la que hace referencia el título de esta resolución procedió a codificar las diferentes tasas como los servicios gestores que las aplican.

A lo largo del año se promulgaron una serie de normas que vinieron a crear o modificar los servicios gestores y las tarifas existentes, razón por la que mediante esta resolución se procede a revisar las codificaciones recogidas en la orden citada, conforme con la autorización contenida en el párrafo 2 de la disposición adicional de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 30 de junio de 1992. Las normas que motivaron la revisión de la codificación son las que se citan a continuación:

1) Ley 7/2010, de 15 de octubre, por la que se suprime el organismo autónomo Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y la Mujer y se modifican determinados artículos de la Ley 2/2007, de 28 de marzo, del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia.

2) Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el 2011.

3) Por otra parte, la Resolución de 13 de octubre de 2010, de la Dirección General de Tributos, autoriza al Banco Popular Hipotecario para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria desarrollada por la Consellería de Hacienda, razón por la que es preciso actualizar el anexo VII de la orden citada.

Por todo ello, y en virtud del párrafo segundo de la disposición adicional de la Orden de 30 de junio de 1992 referida,

RESUELVO:

Primero.-Actualizar las tablas de los códigos de las consellerías y servicios recogidas en el anexo V de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 30 de junio de 1992, de la forma que se especifica a continuación:

a) Añadiendo un nuevo código de servicio en la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia con el número:

23 Compañía de Radio-Televisión de Galicia: OA.

b) Modificando el código de servicio número 22, en la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, quedando redactado como sigue:

22 Secretaría General de Igualdad.

Segundo.-Actualizar el anexo VI de la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 30 de junio de 1992, de la siguiente forma:

A) Añadiendo los códigos que se relacionan a continuación, de manera que se inserten en el lugar que les corresponda según el orden preestablecido:

30.42.01. Asesoramiento del candidato/a para participación en el procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

30.42.02. Evaluación de la unidad de competencia.

30.48.00. Actuaciones de habilitación de personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

30.48.01. Participación en las pruebas para obtener la certificación acreditativa de la habilitación.

30.48.02. Expedición y renovación de la habilitación.

31.07.32. Vacunación de rumiantes frente a la lengua azul a petición de parte.

31.24.04. Inspección y control de las actividades de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual.

31.24.05. Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual.

32.07.22. Presentación de declaraciones responsables de inicio de actividad.

32.07.23. Presentación de declaraciones responsables de modificación o cese de actividad.

32.37.05. Autorización administrativa de repotenciación de parques eólicos existentes.

32.64.00. Ejecución subsidiaria en expedientes sancionadores de dominio público hidráulico.

32.65.00. Expedición de placas de instalación e inspecciones periódicas de equipos a presión:

32.66.00. Autorizaciones para bienes inmuebles objeto de concesión en las Islas de Ons y Onza.

32.66.01. Autorización para la novación del uso al que se destinan los bienes inmuebles.

32.66.02. Autorización para obras de conservación, reforma y renovación de los bienes inmuebles.

32.66.03. Autorización para obras que supongan ampliación o incremento de volumen, edificabilidad o altura de los bienes inmuebles.

32.66.04. Autorización para el cambio de uso al que se destinan los bienes inmuebles.

32.66.05. Autorización para la cesión temporal a terceros del uso de los bienes inmuebles.

32.67.00. Entidades colaboradoras de la Administración hidráulica de Galicia.

32.67.01. Otorgamiento del título de entidad colaboradora de la Administración hidráulica de Galicia.

32.67.02. Modificación del título de entidad colaboradora de la Administración hidráulica de Galicia.

32.67.03. Renovación del título de entidad colaboradora de la Administración hidráulica de Galicia.

32.67.04. Inspección y control de las entidades que ostenten el título de entidad colaboradora de la Administración hidráulica de Galicia.

34.03.00. Ocupación mediante medios personales de inmuebles afectos a dependencias administrativas

34.04.00. Ocupación de inmuebles en las Islas de Ons y Onza.

B) Modificando los códigos siguientes:

30.07.01. Autorización de explotación y autorización de instalación y localización (por cada máquina incluida en ella).

30.07.08. Primera inscripción, en su caso previa homologación, de modelos de máquinas de juego.

30.42.00. Actuaciones en materia de competencia profesional.

31.01.01. Autorización, transmisión, rehabilitación, canje y exención de autorización, o prórroga de autorización.

31.01.02. Visado de cada una de las copias certificadas de la autorización, expediciones de copias o duplicados y modificación.

31.07.02. Prestación de servicios facultativos relacionados con los análisis de laboratorio, en materia de sanidad y producción animal.

31.07.04. Expedición de certificados zoosanitarios y zootécnicos, incluidos los relacionados con los movimientos de animales vivos y productos de origen animal, salvo que las tramitaciones de autorizaciones de traslado de animales se realicen de manera telemática a través de la Oficina Agraria Virtual de la consellería competente en materia de ganadería.

31.07.16. Autorización de veterinario para la expedición de autorizaciones de traslado de animales.

31.07.20. Suministro de marcas electrónicas y documentos de identificación de ganado equino.

31.07.23. Actuaciones en el marco del Plan Nacional de Investigación de Residuos en los animales vivos y en sus productos (PNIR) efectuadas por los servicios veterinarios de la consellería competente en materia de ganadería.

31.07.24. Autorizaciones y revisiones de empresas de pienso para la elaboración y/o comercialización de piensos medicamentosos de conformidad al Real decreto 1049/2009, de 4 de septiembre

31.14.02. Autorización de funcionamiento o traslado para centros y establecimientos que precisan autorización de instalación

31.24.01. Otorgamiento, prórroga, renovación o transmisión de licencias para prestación de servicios de comunicación audiovisual

31.24.02. Arrendamiento de licencias para prestadores de servicio de comunicación audiovisual: 50% sobre la tasa resultante de la adjudicación de la licencia.

31.24.03. Autorización de la modificación en la titularidad de las acciones, participación o títulos equivalentes de los prestadores de los servicios de comunicación audiovisual, así como las ampliaciones de capital, cuando la suscripción de acciones o títulos equivalentes no se realice en idéntica proporción entre los propietarios del capital social.

31.30.00. Autorizaciones y otras actuaciones en materia de aguas.

31.44.00. Prestación de servicios en el Instituto Tecnológico para el Control del Medio Marino de Galicia.

31.44.01. Análisis de biotoxinas marinas en moluscos y otros organismos procedentes de la pesca, el marisqueo y la acuicultura.

32.03.00. Dirección e inspección de obras realizadas mediante contrato, incluidas las adquisiciones o suministros especificados en los proyectos y las correspondientes revisiones de precios a cargo de la administración para la gestión y ejecución de dichas actividades, cualquiera que fuera la forma de adjudicación del contrato

32.07.01. Capacitación profesional para el ejercicio de actividades en materia de seguridad industrial: realización de pruebas para la obtención del certificado y la expedición de certificados de capacitación profesional.

32.49.00. Reconocimiento e inscripción de las escuelas de navegación de ocio.

32.50.00. Reconocimiento de las escuelas de buceo

32.52.01. Autorización de productor de residuos peligrosos.

32.52.03. Autorización de gestor de residuos para actividades de almacenamiento, valorización y eliminación de residuos.

32.52.09. Autorización de gestión de residuos para actividades de transporte de residuos peligrosos con asunción de la titularidad.

32.57.00. Expedición, renovación y modificación sustancial de la autorización ambiental integrada.

32.63.00. Dirección de los contratos de servicio en materia de aguas

C) Eliminando los códigos siguientes:

31.39.00. Autorización a entidades formativas para impartir cursos de prevención de riesgos laborales a nivel intermedio y superior.

32.07.12. Autorización e inscripción o renovación de la autorización en el Registro de instaladores, mantenedores, reparadores de instalaciones de protección contra incendios.

32.07.17. Autorización a empresas (reparación de tanques, pruebas de estanqueidad, tensión de paso y otras).

32.07.18. Renovación de la autorización a empresas del apartado 17.

32.47.00. Autorizaciones para realizar comprobaciones de tensiones de paso y de contacto de instalaciones de puesta a tierra.

32.52.05. Inscripción de vehículos en el Registro general de productores y gestores de residuos de Galicia.

32.52.10. Autorización de productor de residuos de construcción y demolición, cuando el productor no esté previamente inscrito en el Registro general de productores y gestores de residuos de Galicia.

32.52.11. Autorización o prórroga de la autorización de productor de residuos de construcción y demolición, cuando el productor esté previamente inscrito en el Registro general de productores y gestores de residuos de Galicia

Tercero.-Actualizar el anexo VII de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 30 de junio de 1992, de la siguiente manera:

-Añadiendo el nombre de Banco Popular Hipotecario.

Cuarto.-Esta resolución entrará en vigor el día 1 de enero de 2011.

Santiago de Compostela, 22 de diciembre de 2010.

Carlos Rodríguez Sánchez

Director General de Tributos