DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 246 Viernes, 24 de diciembre de 2010 Pág. 20.822

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA

DECRETO 206/2010, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 83/2009, de 21 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia.

El artículo 7º, apartado a) del Decreto 83/2009, de 21 de abril, establece la estructura y denominación de los órganos superiores de la Consellería de Cultura y Turismo, entre los que se encuentra la Dirección General de Promoción y Difusión de la Cultura.

Con el objeto de adaptar la denominación del citado órgano superior a la importancia creciente del sector del libro, después de la celebración del Año del Libro y de la Lectura de Galicia, se estima conveniente hacer el correspondiente cambio en la denominación del centro directivo competente en materia del libro y bibliotecas.

En su virtud, y según lo dispuesto en el artículo 4º.15 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, a iniciativa del conselleiro de Cultura y Turismo, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y previa deliberación del Consello da Xunta de Galicia en su reunión del día veintitrés de diciembre de dos mil diez,

DISPONGO:

Artículo único.-Modificación del artículo 7º del Decreto 83/2009, de 21 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia.

Se modifica el artículo 7º del Decreto 83/2009, de 21 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia quedando redactado como sigue:

«Artículo 7º

a) La Consellería de Cultura y Turismo se estructura en los siguientes órganos superiores:

1. Secretaría General.

2. Secretaría General para el Turismo.

3. Dirección General del Patrimonio Cultural.

4. Dirección General del Libro, Bibliotecas y Archivos.

b) Queda adscrita a esta consellería la agencia pública Agencia Gallega de las Industrias Culturales».

Disposición adicional

Las alusiones contenidas en normas de igual o inferior rango a la Dirección General de Promoción y Difusión de la Cultura se entenderán realizadas en lo sucesivo a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Archivos.

Disposición transitoria

Las unidades administrativas dependientes de los centros directivos afectados por lo dispuesto en este decreto mantendrán su estructura y funciones hasta que se proceda al desarrollo de la estructura orgánica de la consellería.

Disposición final

Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintitrés de diciembre de dos mil diez.

Alberto Núñez Feijóo

Presidente

Alfonso Rueda Valenzuela

Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia