DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 244 Miercoles, 22 de diciembre de 2010 Pág. 20.684

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA

RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2010 por la que se adjudican las subvenciones para la movilización, dinamización y sistematización de la innovación, convocadas por la Orden de 18 de junio de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la movilización, dinamización y sistematización de la innovación, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del Programa operativo Feder Galicia 2007-2013, y se procede a su convocatoria para el año 2010 (IN828A-presentación electrónica), modificada por la Orden de 30 de septiembre de 2010.

Por orden de la Consellería de Economía e Industria de 18 de junio de 2010 (DOG número 120, del 25 de junio), modificada por la Orden de 30 de septiembre de 2010 (DOG número 198, del 14 de octubre), se convocaron las subvenciones para el año 2010 para la movilización, dinamización y sistematización de la innovación. El anexo I de la citada Orden de 18 de junio de 2010 contiene las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la movilización, dinamización y sistematización de la innovación (código de procedimiento: IN828A).

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en las bases de la citada orden de convocatoria, atendiendo a las disponibilidades de crédito y a las propuestas elaboradas por la comisión de valoración prevista en el artículo 8º del anexo I de la misma, esta consellería

RESUELVE:

Primero.-Concederles las subvenciones para la movilización, dinamización y sistematización de la innovación (procedimiento IN828A) a los beneficiarios que se relacionan en el anexo I de esta resolución, en las cuantías que se señalan, que suponen un total de 760.160 euros para el año 2010. Aquellas subvenciones para las que se recoge sí en la columna Feder están cofinanciadas con fondos Feder.

Segundo.-Dejar en estado de suplentes a todos los solicitantes que figuran en el anexo II de esta resolución, siguiendo el orden de prelación que se recoge en el mismo.

Tercero.-Denegarles las subvenciones para la movilización, dinamización y sistematización de la innovación a los solicitantes que se relacionan en el anexo III de esta resolución, por no ser consideradas subvencionables sus solicitudes por la comisión de valoración.

Cuarto.-Desestimar expresamente el resto de las solicitudes presentadas al amparo de la orden de la Consellería de Economía e Industria de 18 de junio de 2010 (DOG número 120, del 25 de junio), dentro del procedimiento IN828A.

Quinto.-Para poder percibir las subvenciones, los beneficiarios deberán presentar, en la fecha límite del 30 de diciembre de 2010, la documentación indicada en el artículo 16º del anexo I de la Orden de 18 de junio de 2010, teniendo en cuenta las particularidades mencionadas en la Orden de 30 de septiembre de 2010 por la que se modifica el artículo 16º del anexo I de la Orden de 18 de junio de 2010.

Sexto.-La Dirección General de Investigación, Desarrollo e Innovación de la Consellería de Economía e Industria adoptará las medidas necesarias para la instrucción de los correspondientes expedientes de gasto.

Séptimo.-La inobservancia por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de convocatoria supondrá la pérdida del derecho a percibir la subvención correspondiente.

Octavo.-Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de diciembre de 2010.

P.D. (Orden 30-4-2009, DOG nº 87, del 6 de mayo)

José Riesgo Boluda

Secretario general de la Consellería de Economía

e Industria

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