DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Martes, 21 de diciembre de 2010 Pág. 20.626

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE HACIENDA

DECRETO 204/2010, de 4 de noviembre, por el que se desafectan del dominio público dos franjas de terreno situadas en la parroquia de Cesantes, municipio de Redondela.

La Comunidad Autónoma de Galicia es titular de un terreno situado en la parroquia de Cesantes, municipio de Redondela, en virtud de la escritura pública de cesión de 4 de julio de 2008, otorgada en la notaría de Redondela de Fernando Olmedo Castañeda, con el número de protocolo 1.345.

Mediante Resolución de 6 de agosto de 2010, la Secretaría General y del Patrimonio acordó la segregación de dos parcelas del mencionado terreno, como condición para el otorgamiento de la licencia de obras para la construcción de un centro de día residencial, de conformidad con lo establecido en el artículo 19º a) de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

El artículo 10º.1 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, señala que cuando los bienes y derechos no fuesen necesarios para el cumplimiento de los fines determinantes de su afectación, cesará su naturaleza demanial y adquirirán la condición de patrimoniales, sin perjuicio, en su caso, del derecho de reversión en los términos de la legislación de la expropiación forzosa respecto de aquellos bienes adquiridos por este título.

El punto segundo del mencionado artículo establece que la desafectación de los bienes de dominio público de la Comunidad Autónoma de Galicia deberá hacerse mediante acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, previa instrucción del expediente por la Consellería de Hacienda, a instancia de la consellería interesada, y siempre que se acredite la desaparición de las causas justificativas de la afectación.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Hacienda, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día cuatro de noviembre de dos mil diez,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se desafectan del dominio público los bienes descritos a continuación:

1. Porción de terreno, Petadas de Abaixo, situada al oeste de la finca matriz, ocupando longitudinalmente toda la extensión de dicho lindero, en línea paralela al actual Camiño do Foro de Cesantes, que tiene una superficie de 93,28 m2. Linda: norte, con José Barreiro Rincón; sur, con José Ramón Soto Miguélez, hoy Benjamín Pérez Ochoa, este, finca matriz de la Comunidad Autónoma de Galicia; y oeste, sendero, hoy denominado Camiño do Foro de Cesantes.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Redondela en el tomo 711, libro 321, folio 215, finca nº 33.458.

2. Porción de terreno, Petadas de Arriba, situada en la parte más extrema de las dos que conforman el lindero sur de la finca matriz, ocupando longitudinalmente toda la extensión de dicha parte, en línea paralela al actual Camiño do Foro de Cesantes y perpendicular a la carretera general o avenida de Mendiño, que tiene una superficie de 27,15 m2. Linda: norte, finca matriz de la Comunidad Autónoma de Galicia; sur, con Camiño da Cova, hoy también denominado Camiño do Foro de Cesantes; este, carretera general a la playa o carretera PO-263, avenida de Mendiño; y oeste José Ramón Soto Miguélez, hoy Jesús Soto Fernández, acceso en medio.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Redondela en el tomo 711, libro 321, folio 216, finca nº 33.460.

Artículo 2º

Las parcelas anteriormente descritas adquieren naturaleza patrimonial.

Disposición final

La Consellería de Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad de este decreto.

Santiago de Compostela, cuatro de noviembre de dos mil diez.

Alberto Núnez Feijóo

Presidente

Marta Fernández Currás

Conselleira de Hacienda