DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Miercoles, 01 de diciembre de 2010 Pág. 19.810

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL

ORDEN de 25 de noviembre de 2010 por la que se amplía el plazo para la justificación de las ayudas de la Orden de 28 de junio de 2010 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al sector del lúpulo y se convocan para el año 2010.

Por la Orden de 28 de junio de 2010 (DOG nº 122, del 29 de junio), se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al sector del lúpulo y se convocan para el año 2010.

En el párrafo primero del artículo 30º de dicha orden se establece que una vez realizados las inversiones previstas, los interesados deberán comunicar la finalización de la ejecución de la inversión hasta el 15 de noviembre del año en curso. Debido al retraso de la gestión de estas ayudas, es imposible cumplir esta fecha, por lo es necesario ampliar el plazo.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con el artículo 30º.1.3 del Estatuto de autonomía de Galicia y en el uso de las facultades que me confieren el artículo 14º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único.

Primero.-El plazo para la justificación de la inversión, que consta en el párrafo primero del artículo 30º de la Orden de 28 de junio de 2010, se amplía hasta el 30 de diciembre de 2010.

Segundo.-Esta modificación no afecta al plazo que se establece para la presentación de solicitudes de ayuda en dicha Orden de 28 de junio de 2010.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 2010.

Samuel Jesús Juárez Casado

Conselleiro del Medio Rural