DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Jueves, 23 de abril de 2009 Pág. 7.830

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 16 de abril de 2009 por la que se convocan ayudas para la realización de rutas científicas durante el año 2009.

Las rutas científicas cumplen una función importante al facilitar a los alumnos la posibilidad de realizar múltiples actividades de tipo formativo-cultural fuera del medio propiamente escolar, ya que sitúan al alumno en un medio diferente al suyo, que le va a propiciar una mayor convivencia y cooperación con el profesor y otros compañeros, ampliando sus conocimientos y su comprensión integral, al conocer diferentes lugares, gentes, tierras, costumbres, historias y recursos.

Con base en el acuerdo suscrito por la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y el Ministerio de Educación, y a fin de permitir a los alumnos gallegos de bachillerato o ciclos formativos de grado medio recuperar el interés por las ciencias y el contacto directo con otras zonas y culturas de España, esta consellería

DISPONE:

Primero.

1. Convocar 72 ayudas (un grupo de rutas científicas a Andalucía, un grupo a la ruta de Canarias y otro a Navarra) destinadas a alumnos con una edad inferior a 20 años al finalizar el plazo de solicitudes y que estén cursando materias científicas en bachillerato o en ciclos formativos de grado medio en centros públicos ordinarios de la Comunidad Autónoma de Galicia, para participar en la actividad de las rutas científicas.

2. Las rutas científicas se llevarán a cabo en las fechas comprendidas entre el 21 de septiembre y el 13 de diciembre de 2009.

3. El alumnado participante se integrará en grupos de veinticuatro (24), a los que acompañarán dos (2) profesores/as de su centro, o centros, preferiblemente de los que les imparten clase de materias científicas o el/la tutor/a correspondiente, que se responsabilizarán, a todos los efectos, de la adecuada participación del grupo en la actividad.

Segundo.

Cada grupo recorrerá una de las rutas relacionadas en el anexo I, a lo largo de una semana, iniciándose su recorrido según las instrucciones que en su día la coordinación de esta comunidad autónoma determine.

Tercero.

Las ayudas a que se refiere la presente orden comprenderán:

a) Los gastos de alojamiento y manutención en los centros de acogida.

b) Los gastos de transporte por carretera correspondientes al recorrido de cada ruta.

c) La cobertura de riesgos durante el período de duración de las rutas científicas.

Para el desplazamiento desde la localidad del/de los centro/s participante/s hasta la cabecera de ruta se podrán solicitar ayudas para cada grupo participante, compuesto por 24 alumnos y 2 profesores-acompañantes (una pequeña parte de esta ayuda se podrá dedicar a la preparación pedagógica de la actividad), según el módulo de distancia en kilómetros (ida y vuelta) entre la localización del centro y la cabecera del itinerario:

-Menos de 500 kilómetros: hasta un máximo de 1.721 €.

-Entre 501 y 1.000 kilómetros: hasta un máximo de 2.581 €.

-Entre 1.001 y 1.500 kilómetros: hasta un máximo de 3.155 €.

-Entre 1.501 y 2.000 kilómetros: hasta un máximo de 3.816 €.

-Entre 2.001 y 2.500 kilómetros: hasta un máximo de 4.647 €.

-Mas de 2.500 kilómetros: hasta un máximo de 5.508 €.

-Centros que recorran las rutas de las islas Canarias: hasta un máximo de 6.427 €.

Cuarto.

Los/as profesores/as acompañantes, que tendrán que ser necesariamente los tutores o, en su caso, profesores/as de los que habitualmente imparten clase al grupo de alumnos/as, dispondrán de transporte y alojamiento gratuitos en términos similares a los indicados para el alumnado, beneficiándose, igualmente, de la cobertura de riesgos durante el período de duración de las rutas científicas.

Los citados profesores acompañantes serán los responsables de la elaboración del anteproyecto de actividades que se menciona en el punto siguiente.

Asimismo, y en caso de ser seleccionados, prepararán con el alumnado los itinerarios de la ruta que van a realizar, y serán orientados en función de los objetivos específicos que cada grupo pretenda conseguir, y de acuerdo con los materiales y orientaciones que reciban desde la coordinación, para que los alumnos elaboren un breve cuaderno de trabajo, que utilizarán durante el desarrollo de la actividad.

Quinto.

La dirección de los centros donde haya alumnado que desee participar enviarán la solicitud, ajustándose al modelo establecido en el anexo II de la presente orden, a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria (Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa).

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Datos de los alumnos solicitantes y autorización del padre, madre o tutor, en caso de ser menores de edad (anexo III).

b) Anteproyecto de actividades que se van a realizar en relación con la programación del centro o centros y con los objetivos generales que figuran en el anexo IV.

c) Aprobación del Consejo Escolar del centro, o centros, en caso de agrupar alumnos de varios centros, en el que se haga constar que dicha actividad está recogida en la programación general anual. La aprobación o certificación deberá referirse tanto a la realización de la actividad como a la relación de alumnado participante.

Sexto.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contado a partir del mismo día de su publicación en el DOG.

2. Las solicitudes se podrán presentar en el registro general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, directamente o a través de las dependencias establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. A estos efectos, los registros de los centros docentes no se consideran incluidos dentro de las dependencias enumeradas en el artículo 38.4º de dicha ley.

En el caso de optar por presentar sus solicitudes en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.

Séptimo.

1. En la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa se constituirá una comisión de valoración de las solicitudes presentadas que estará presidida por el subdirector general de Centros, o persona en quien delegue, e integrada, en calidad de vocales, por:

-Un director de un centro público donde se imparta bachillerato o ciclos formativos de grado medio.

-Un padre o representante legal de alumnos de centros públicos.

-El coordinador de rutas científicas.

-Actuará como secretario, con voz y sin voto, un funcionario de la dirección general.

Todos ellos serán designados por la directora general de Ordenación e Innovación Educativa.

2. La comisión podrá disponer la constitución de una subcomisión técnica especializada sólo a efectos de colaborar en la valoración de los méritos relacionados en el apartado quinto b). Los miembros de la comisión podrán percibir dietas por acudir a las sesiones conforme al Decreto 144/2001, de 7 de junio (DOG del 25 de junio).

Octavo.

La comisión se reunirá en el plazo máximo de quince días, una vez finalizado el período de presentación de solicitudes, procediendo a valorarlas teniendo en cuenta las características socioeconómicas de la zona donde está situado el centro, o centros docentes, a fin de dar preferencia a los alumnos con menores oportunidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales y, en particular, a los procedentes de zonas rurales, arrabales o suburbios.

Asimismo, se tendrá en cuenta la calidad del anteproyecto de participación presentado (contenido pedagógico, potenciación del espíritu científico, etc.) y si el centro o centros participaron en esta actividad en años anteriores, a fin de posibilitar la participación de los centros que no lo hicieron y que gozarán de preferencia.

Noveno.

El plazo máximo para que la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa elabore la propuesta de centros seleccionados será de tres meses, contado a partir de la fecha de la publicación en el DOG de esta convocatoria; se considerarán desestimadas de no quedar resuelta la convocatoria en el plazo señalado en este apartado.

Contra esta propuesta de centros seleccionados se podrá interponer reclamación, en el plazo máximo de diez (10) días naturales, según lo dispuesto en es artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. La resolución definitiva de ayudas concedidas corresponde al ministerio competente en materia de educación y con cargo a sus presupuestos.

Décimo.

La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, en colaboración con el Ministerio de Educación, efectuará el seguimiento y evaluación global del programa de rutas científicas; por ello, los centros participantes, a través del profesor/a acompañante con la colaboración del grupo de alumnos/as, enviarán a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, con posterioridad al recorrido de la ruta y en un plazo máximo de un meses desde su finalización, una memoria de evaluación de la actividad, por ejemplar triplicado, con una extensión no superior a 15 folios, en formato DIN A-4.

Undécimo.

La memoria de evaluación a que se refiere el punto anterior constará de las siguientes partes:

a) Recogerá los objetivos de la ruta literaria, las características del grupo, las actividades programadas y los mecanismos y evaluación de los resultados.

b) Diario del viaje, en el que se anotará de modo secuencial el desarrollo de las actividades y su dedicación a los objetivos propuestos.

c) Evaluación de los resultados; reflejará no solamente los conocimientos adquiridos por el grupo durante el desarrollo de la ruta científica, sino también, y fundamentalmente, las actitudes suscitadas en los alumnos, el contacto con otras culturas, su capacidad para participar en la vida de las comunidades visitadas y el nivel de análisis crítico y elaboración de alternativas ante los problemas locales, alcanzados por el colectivo.

d) Relación nominal de alumnos y profesores participantes.

Disposiciones finales

Primera.-Se autoriza a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa para dictar todas las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo de la presente orden.

Segunda.-La presente orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de abril de 2009.

Laura Sánchez Piñón

Conselleira de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO I

Catálogo de rutas científicas

* Comunidad Autónoma de Andalucía.

Itinerario: Andalucía, ciencia a tope.

Resumen de contenidos:

El principal objetivo de la ruta es visitar y dar a conocer centros donde se hace y se aplica la ciencia usando las más recientes tecnologías; centros cuyas investigaciones están en vanguardia y gozan del reconocimiento y merecido prestigio internacional.

-Estación Biológica de Doñana: biodiversidad. Ecosistemas.

-Facultad de Ciencias del Mar: biología marina, oceanografía y cultivos marinos.

-Real Observatorio de la Armada en Cádiz: historia, ciencia e ilustración. Medida del tiempo. Laboratorio primario de control de calidad. Posicionamiento de satélites.

-Parque tecnológico de Málaga: concepto de investigación y desarrollo, I+D. Parques científicos y tecnológicos.

-Centro de Ciencia Principia: divulgación científica. Experiencia de cátedra.

-Instituto Astrofísica de Andalucía: investigación en astrofísica. Cosmología. Telescopios.

-Centro hispano-alemán de Calar Alto: cosmología. Instrumentación infrarroja. Estructura de la Vía Láctea. Sistemas extragalácticos. Cooperación internacional.

-Plataforma solar de Almería: transformaciones energéticas. Energía solar. Consumo energético. Energías renovables.

-Parque de las Ciencias: divulgación científica. Planetarios. Exposiciones científicas.

Alojamientos: instalación juvenil de Sevilla; c/ Isaac Peral, 2, Sevilla.

Instalación juvenil de Víznar; Camino de Fuente Grande, s/n, 18179 Víznar (Granada).

* Comunidad Autónoma de Canarias.

Itinerario: Ruta científica por Gran Canaria y Tenerife.

Resumen de contenidos:

-Recorrido en Gran Canaria: energías renovables. La tecnología y las energías renovables en Canarias. Cultivos marinos, piscifactorías, cultivo de algas y sus aplicaciones. Funcionamiento de una planta desaladora. Aplicación de la tecnología a los sectores primarios.

Línea conductora de recorrido:

Museo de las Ciencias.

Instituto Tecnológico de Canarias.

Instituto Canario de Ciencias Marinas de Canarias.

Visita a distintas fábricas.

Visita a una planta desaladora.

Museo y Parque Arqueológico Cueva Pintada (divulgación científica).

-Recorrido en Tenerife: energías renovables. La tecnología y las energías renovables en Canarias. Astronomía. El cielo de Canarias. Observatorio del Teide. Parque Nacional de Las Cañadas del Teide. El ecosistema volcánico de Canarias.

Línea conductora de recorrido:

Museo de las Ciencias y el Cosmos.

Instituto Tecnológico y de Energías Renovables.

Instituto de Astrofísica de Canarias. Observatorio del Teide.

Parque Nacional del Teide.

Alojamientos: Gran Canaria: residencia escolar Las Palmas; carretera Lomo Blanco, 44, 35017 Las Palmas de Gran Canaria.

Tenerife: residencia escolar Pedro García Cabrera; avda. M. Lora y Tamayo, 2, 38207 La Laguna.

* Comunidad Foral de Navarra.

Itinerario: Paseos por la ciencia y la naturaleza.

Resumen de contenidos:

-Energías renovables: fabricación de molinos de viento en Barasoain, edificio bioclimático del Cenifer.

-El ciclo de agua: visita al manantial de Arteta y cuevas de Mendukilo.

-Tecnología e investigación en Pamplona: CIMA (investigación Biomédic).

-Industria: fábrica Volkswagen (automoción), MTorres (aeronáutica, energía eólica, industria papel).

-Naturaleza y explotación sostenible de los recursos naturales: Foz de Arbayún y de Lumbier (geología, botánica, zoología), valle de Roncal, Larra (karst), sierra de Urbasa, Bardenas Reales.

-Las ciudades y la historia: Pamplona, Estella, Olite.

Alojamiento: albergue juvenil Oncineda; c/ Monasterio de Irache, s/n, 31200. Estella (Navarra). Tfo. 948 55 50 22.

Ver referencia pdf "07800D008P030.PDF"

Ver referencia pdf "07800D009P035.PDF"

ANEXO IV

Objetivos generales.

1. Descripción del programa: el programa rutas científicas es un recurso educativo pensado para alumnos que cursen materias científicas en bachillerato o en ciclos formativos de grado medio, que pretende complementar la formación que se imparte en el aula por medio de la realización de una ruta científica. Se trata de que los alumnos comprueben in situ para qué sirven los conocimientos de matemáticas, de física, de química, de biología o de ciencias naturales que están aprendiendo.

2. Objetivos: serán objectivos prioritarios entres otros:

Suscitar en los alumnos una actitud de apredizaje permanente, tanto dentro como fuera del aula.

Mejorar los conocimientos científicos de los alumnos despertando en ellos el espíritu investigador, su interés por el método científico y el posterior desarrollo tecnológico que estas investigaciones producen.

Conocer los aspectos básicos de la diversidad cultural, natural y social a fin de poder valorarlos y respetarlos.

Promover la formación integral del alumno para que sea capaz de valorar su entorno y los problemas relacionados con su explotación por el ser humano.

Mostrar la enorme importancia del trabajo de los científicos en el desarrollo de un país, en los avances y en la mejora de la vida de las personas y de su sociedad.

Fomentar la convivencia entre los diferentes grupos que comparten la actividad y el trabajo en equipo.

3. Elaboración del anteproyecto de participación: este proyecto deberá detallar las estrategias y procedimientos tanto previos como posteriores al recorrido de la ruta que llevarán a conseguir los objetivos del programa, y también de alguna manera detallará las actividades concretas que realizarán los alumnos, especificando su calendario, metodología de trabajo y la posterior evaluación.