El Decreto 164/2005, de 16 de junio, crea el Registro Telemático de la Junta de Galicia, que permite la presentación por vía telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones. Esta orden incluye en el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio, nuevos procedimientos, con el fin de continuar impulsando el empleo de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de la actividad de la Xunta de Galicia y en el ejercicio de sus competencias.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2º y en la disposición adicional primera b) y final primera del Decreto 164/2005, de 16 de junio, por el que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano.
DISPONGO:
Artículo único.
1. Se incluye en el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio, (procedimientos para los que está habilitado el Registro Telemático de la Xunta de Galicia), y queda, pues, habilitado con los efectos previstos en su artículo 5.1º, el siguiente procedimiento:
SA850A.-Procedimiento de solicitud de acreditación de actividades en el Sistema Acreditador de la Formación Continuada de las profesiones sanitarias en la Comunidad Autónoma de Galicia a través de Saga.
2. El procedimiento para la tramitación electrónica estará disponible en la dirección http://www.xunta.es/servicios/
Disposición final
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 2 de abril de 2009.
José Luis Méndez Romeu
Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia