DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 66 Lunes, 06 de abril de 2009 Pág. 6.800

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA

CORRECCIÓN de errores.-Decreto 62/2009, de 12 de marzo, por el que se aprueba la modificación de los estatutos del Consorcio Provincial contra Incendios y Salvamento de A Coruña.

Advertidos errores en el citado Decreto 62/2009, de 12 de marzo (publicado en el DOG nº 60, del 27 de marzo, pág. 6.239), es necesario hacer las siguientes correcciones:

Donde dice «Artículo único.- Aprobar la modificación del artículo 23, primer apartado, letra a) de los estatutos del Consorcio Provincial contra Incendios y Salvamento de A Coruña, siendo el texto de él el que se recoge en el anexo de este decreto.», debe decir «Artículo único.- Aprobar la modificación del artículo 23, primer apartado, letra a) y la disposición adicional de los estatutos del Consorcio Provincial contra Incendios y Salvamento de A Coruña, siendo el texto del mismo el que se recoge en el anexo de este decreto.»

En el anexo, donde dice «Modificación de los estatutos del Consorcio Provincial contra Incendios y Salvamento de A Coruña.

Artículo 23

Contribuciones al consorcio:

Las aportaciones de los entes consorciados para sufragar los gastos ordinarios del funcionamiento del parque se efectuarán del siguiente modo:

a) Fase de construcción y equipamiento:

-Xunta de Galicia: 50% del total del presupuesto.

-Diputación Provincial de A Coruña: 50% del total del presupuesto.»

Debe decir: «Modificación de los estatutos del Consorcio Provincial contra Incendios y Salvamento de A Coruña.

Artículo 23

Contribuciones al consorcio:

Las aportaciones de los entes consorciados para sufragar los gastos ordinarios de funcionamiento del parque se efectuarán del siguiente modo:

a) Fase de construcción y equipamiento:

-Xunta de Galicia: 50% del total del presupuesto.

-Diputación Provincial de A Coruña: 50% del total del presupuesto.

Disposición adicional

El consorcio iniciará su funcionamento con los parques de Arteixo, Boiro, Carballo y Ordes.

Los parques de Arzúa, As Pontes, Betanzos, Cee, Santa Comba y la subsede de Ribeira se irán incorporando de forma gradual, de acuerdo con el calendario que sea acordado por las dos administraciones.

Asimismo, por acuerdo de las dos administraciones, adoptado en el Pleno del consorcio, el servicio podrá ampliarse con la creación de nuevos parques y subsedes que aseguren la cobertura de la prestación del servicio en el correspondiente ámbito territorial.»

b) NOMBRAMIENTOS PARLAMENTO DE GALICIA