DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Miercoles, 01 de abril de 2009 Pág. 6.626

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA Y DEPORTE

ORDEN de 23 de marzo de 2009 por la que se declara de interés gallego la Fundación Óscar Pereiro y se ordena su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Con fecha de 3 de marzo de 2009 fue publicada en el Diario Oficial de Galicia la orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 4 de febrero de 2009 por la que se clasifica de interés la Fundación Óscar Pereiro, adscribiéndola a la Consellería de Cultura y Deporte, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Esta fundación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de sus estatutos, tiene como finalidad la promoción y realización de actividades físico-deportivas, socioculturales y recreativas, mediante la elaboración y ejecución de planes de promoción del deporte dirigidos a todos los ciudadanos, dedicando una especial atención al deporte escolar, a las actividades deportivas llevadas a cabo por personas discapacitadas, así como también a las prácticas deportivas que fomenten la participación e integración de las personas mayores.

La fundación prestará una relevancia prioritaria a la consecución del objetivo según el cual los chicos y las chicas en edad escolar que por cualquier circunstancia se encuentren en una situación desfavorable para la realización o práctica de una actividad deportiva no se vean privados de la posibilidad de participar, en igualdad de condiciones, en cualquiera de las diversas modalidades deportivas que se organicen dentro del amplio abanico de las actividades extraescolares.

Cualquier otra finalidad que, respetando la legislación vigente, sea compatible con los fines perseguidos por la fundación.

Por ello, en virtud de las competencias que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, y en el artículo 32.3º a) del Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 248/1992, de 18 de junio,

DISPONGO:

Primero.-Declarar de interés gallego la Fundación Óscar Pereiro ya que sus estatutos cumplen las prescripciones que a tal efecto señala la vigente legislación en materia de fundaciones de interés gallego.

Segundo.-Ordenar la inscripción de la Fundación Óscar Pereiro en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Consellería de Cultura y Deporte, a los efectos constitutivos que señala la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

Tercero.-Dicha fundación queda sometida a lo dispuesto en la normativa de general aplicación, en especial, a la obligación de dar publicidad suficiente a sus actividades y a la ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios. También queda obligada a rendir cuentas anualmente al protectorado y a justificar, a través de una memoria anual, el cumplimiento de la finalidad fundacional, así como a presentar el plan de actuación, con anterioridad al inicio del ejercicio económico para el que se formula y a solicitar las preceptivas autorizaciones del protectorado.

Santiago de Compostela, 23 de marzo de 2009.

Ánxela Bugallo Rodríguez

Conselleira de Cultura y Deporte