DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Martes, 04 de noviembre de 2008 Pág. 20.129

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA Y DEPORTE

ORDEN de 30 de octubre de 2008 por la que se convocan los Premios Nacionales del Deporte Gallego 2007/2008.

La Ley 11/1997, de 22 de agosto, general del deporte de Galicia, establece, en su artículo 11, entre las competencias de la Administración autonómica en relación con el deporte, la de efectuar convocatorias de ámbito autonómico para otorgar premios, distinciones y ayudas a la realización de actividades promotoras del deporte encaminadas a mejorar la presencia del deporte gallego en las distintas competiciones o manifestaciones deportivas.

En cumplimiento de la citada disposición y con la finalidad de otorgar público testimonio de reconocimiento a las trayectorias más destacadas en los diferentes ámbitos del deporte gallego, se convocan los Premios Nacionales del Deporte Gallego 2007/2008.

En el ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 34 y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo 1º.-Convocatoria.

Se convocan los Premios Nacionales del Deporte Gallego 2007/2008 en las siguientes modalidades:

Premio al/a la mejor deportista.

Premio al/a la mejor deportista discapacitado/a.

Premio al mejor equipo.

Premio al/a la mejor juez/a-árbitro/a.

Premio al/a la mejor entrenador/a.

Premio a la mejor labor informativa.

Premio a la mejor iniciativa en deporte escolar.

Premio a la mejor iniciativa deportiva en deporte base.

Premio a la mejor iniciativa en deporte tradicional.

Premio a la revelación.

Premio a la trayectoria en el deporte.

Premio al mejor proyecto de un evento deportivo.

El jurado determinará, entre todos y todas los/as premiados/as, aquél al que se le atribuirá el Premio Nacional del Deporte Gallego 2007/2008. Asimismo, cuando concurran circunstancias excepcionales, el jurado podrá otorgar, por unanimidad y hasta un máximo de tres, distinciones excepcionales no previstas en las modalidades recogidas en el punto primero de esta orden.

Artículo 2º.-Candidatos/as.

1. Podrán ser candidatos/as la persona, grupo de personas, organismos públicos o privados que se distinguiesen por su especial aportación al deporte gallego de acuerdo con las modalidades establecidas en el artículo anterior. Las candidaturas deberán ser propuestas por las federaciones deportivas gallegas, clubs o asociaciones deportivas y entidades locales o por cualquier otro organismo o entidad pública o privada relacionada con el deporte gallego. Los candidatos no podrán postularse a sí mismos.

2. Los miembros del jurado podrán proponer candidaturas a los premios.

Artículo 3º.-Documentación y plazos de presentación.

1. Las candidaturas deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

-Solicitud, según el modelo adjunto, en la que se formula la candidatura y se señalan las razones que la motivan, con declaración expresa de aceptación de estas bases.

-Datos de identificación y dirección de los candidatos o candidatas propuestos en cada una de las modalidades. La referida documentación podrá presentarse en el registro general de la Consellería de Cultura y Deporte de la Xunta de Galicia (edif. administrativo de San Caetano, s/n 15781, Santiago de Compostela) o en el registro de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura y Deporte.

Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

2. El plazo de presentación de candidaturas será de diez días naturales contados desde el siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Artigo 4º.-Jurado.

1. El jurado estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidenta: conselleira de Cultura y Deporte, quien podrá delegar en el secretario general de la Consellería de Cultura y Deporte.

Vicepresidenta: directora general para el Deporte.

Secretario: designado por la Consellería de Cultura y Deporte.

Vocales:

-Subdirector general para el Deporte.

-Jefes/as de servicio provinciales de Deporte (Pontevedra, A Coruña, Lugo y Ourense).

-Dos deportistas de reconocido prestigio, nombrados/as por la conselleira de Cultura y Deporte.

2. La actividad del jurado no será retribuída, sin perjuicio del derecho a percibir indemnizaciones generadas por los gastos derivados de desplazamientos para asistir a las reuniones y actos organizados con motivo de éste, en los términos previstos en el Decreto 144/2001, de 7 de junio.

3. El régimen jurídico para la constitución y funcionamiento del jurado será el establecido en el capítulo segundo del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

4. El acuerdo del jurado en el que otorgue los diferentes premios será publicado en la web www.deportegalego.eu.

Artículo 5º.-Entrega de premios.

1. La Consellería de Cultura y Deporte organizará una gala de entrega de los Premios Nacionales del Deporte Gallego 2007/2008, en la que se hará entrega a los galardonados, en cada una de las modalidades, de un trofeo conmemorativo y de un diploma acreditativo del galardón otorgado.

2. La entrega de los premios se realizará en un acto de carácter público institucional.

Disposición última

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de octubre de 2008.

P.D. (Orde 12-1-2007)

Marta Souto González

Directora general para el Deporte

Ver referencia pdf "21400D006P009.PDF"