La Consellería de Innovación e Industria dictó la Orden de 2 de mayo de 2008 por la que se establecieron las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la mejora de las infraestructuras eléctricas necesarias para las prestaciones de servicios básicos de competencia municipal en ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes, y se procedió a su convocatoria.
El artículo 16, relativo a la justificación de la subvención, de las bases reguladoras aprobadas por dicha orden, establece que para cobrar la subvención concedida, el beneficiario deberá presentar la documentación relacionada en el mismo antes del 18 de noviembre de 2008.
Teniendo en cuenta que el elevado número de solicitudes presentadas motivó un dilatado proceso de evaluación de los proyectos y resolución de los respectivos expedientes, se considera necesario ampliar el plazo de justificación de las inversiones objeto de subvención.
En consecuencia, en uso de las atribuciones que me fueron conferidas,
DISPONGO:
Artículo único.
Se amplía hasta el 1 de diciembre de 2008 el plazo para la ejecución y justificación de las inversiones o actuaciones que fueron objeto de subvención al amparo de la Orden de 2 de mayo de 2008.
Santiago de Compostela, 16 de octubre de 2008.
Fernando Xabier Blanco Álvarez
Conselleiro de Innovación e Industria