Advertido error en la Orden de 29 de agosto de 2008 por la que se aprueba el Reglamento de la denominación de origen Mexillón de Galicia-Mejillón de Galicia y de su consejo regulador, publicada en el Diario Oficial de Galicia, número 171, del 4 de septiembre de 2008, se procede a realizar la siguiente rectificación:
En la página 16.548, artículo 23º, donde dice: «... que tendrán como límite mínimo de rendimiento el 12% y máximo de 40 piezas en un kilo.», debe decir: «... que tendrán como límite mínimo de rendimiento el 12% y máximo de 40 piezas en un kilo, límites mínimos que podrán incrementarse por propuesta del Comité de mención.».