DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 184 Martes, 23 de septiembre de 2008 Pág. 17.462

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN E INDUSTRIA

RESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2008 por la que se procede a la publicación de los requerimientos de enmienda de documentación de las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 25 de junio de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas a los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del programa Ayuntamientos Digitales 2008-2009, en el marco del Plan estratégico gallego de la sociedad de la información y el Plan Avanza (código procedimiento IN516B) (Diario Oficial de Galicia número 128, del 3 de julio de 2008).

El órgano instructor del procedimiento administrativo establecido en la citada orden reguladora acaba de revisar las solicitudes presentadas al amparo de dicha orden, identificando tanto las solicitudes que se presentaron sin errores y disponen de toda la documentación preceptiva, como aquellas solicitudes en las que no se reúne alguno de los requisitos exigidos.

En el artículo 9 de las bases reguladoras de la citada orden se dispone: «por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, y de conformidad con lo establecido en los artículos 59.6º b), 60 y 61 de la indicada Ley 30/1992, los requerimientos citados de enmienda o corrección se podrán hacer mediante publicación en el DOG y producirán los mismos efectos que la notificación individualizada. Esta publicación también se realizará en el tablón de anuncios de la página web de la Consellería de Innovación e Industria», al que se remitirá desde el texto publicado en el DOG.

En este mismo artículo 9 también se dispone: «una vez revisadas las solicitudes y las enmiendas hechas, aquellos expedientes administrativos que reúnan todos los requisitos y la documentación necesaria serán remitidos a la comisión encargada de su valoración».

En virtud de lo cual,

RESUELVO:

1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la relación de solicitudes que reúnen todos los requisitos para ser valoradas, según lo establecido en la orden reguladora citada. Esta relación aporta como «Anexo I-Solicitudes correctas» de la presente resolución.

2. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la relación de solicitudes que no reúnen todos los requisitos para su valoración, por estar sujetas a enmienda o a aportación de documentación, según lo establecido en la orden reguladora citada. Esta relación se aporta como «Anexo II-Solicitudes sujetas a enmienda de documentación» de la presente resolución.

3. Todos los solicitantes que se recogen en los anexos podrán obtener información detallada de su resolución accediendo al Tablón electrónico disponible en la página web de la Consellería de Innovación e Industria, en la dirección: http://www.xunta.es/apps/axudas/login.do?cod_cons=IN&cod_proc=516B.

El acceso a dicho tablón también se puede hacer desde la dirección de internet http://www.conselleriaiei.org, seleccionando la Oficina Virtual, para a continuación acceder a la aplicación Internet Express y dentro de esta, escoger el procedimiento IN516B.

Para el acceso al contenido del Tablón electrónico cada solicitante deberá introducir el código electrónico situado en la parte inferior izquierda de las hojas de la solicitud o, en su caso, facilitado por esta dirección general, lo que garantiza la intimidad del acceso a la información.

4. Hacer indicación expresa a todos los solicitantes recogidos en el «Anexo II-Solicitudes sujetas a enmienda de documentación», de que se les requiere, para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG, enmienden la falta o aporten los documentos preceptivos conforme lo recogido en este anexo. De no hacerlo, se tendrá por desistido en su petición, tras la correspondiente resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la que se regula el régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

5. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de enmienda de documentación de las solicitudes, se podrán dirigir a la Dirección General de Promoción Industrial y de la Sociedad de la Información, a través del teléfono 981 54 55 83, del número de fax 981 54 47 06 o de la dirección de correo electrónico axudas.dxpisi@xunta.es. En esta dirección general también se dispondrá de un tablón físico convencional donde se podrá acceder en formato papel a la información requerida a cada uno de los solicitantes recogidos en el citado anexo II, lo que garantiza la igualdad en el proceso de enmienda de documentación para todos los solicitantes en un procedimiento de concurrencia competitiva e incluso para aquellos que no obtuvieron un código electrónico en su solicitud.

Santiago de Compostela, 9 de septiembre de 2008.

P.D. (Orden 31-1-2006, DOG nº 24,

del 3 de febrero)

Emilio Nogueira Moure

Secretario general de la Consellería de Innovación

e Industria

Ver referencia pdf "18400D004P018.PDF"