DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 180 Miercoles, 17 de septiembre de 2008 Pág. 17.202

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA

DECRETO 204/2008, de 28 de agosto, sobre asunción de la ampliación de funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia mediante Real decreto 1319/2008, de 24 de julio, en materia de educación: homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros en enseñanzas no universitarias, y sobre su asignación a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

La Constitución española en su artículo 149 reserva para el Estado la competencia exclusiva en materia de regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales.

Por su parte, el Estatuto de autonomía de Galicia establece en su artículo 31 la competencia plena de la Comunidad Autónoma en la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades, en el ámbito de sus competencias.

A través del Real decreto 1763/1982, de 24 de julio, se traspasaron funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de educación. Estas funciones y servicios fueron asumidos por el Decreto 114/1982, de 1 de septiembre.

Mediante el Real decreto 1319/2008, de 24 de julio, se amplían las funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia por el Real decreto 1763/1982, de 24 de julio, en materia de educación: homologación y validación de títulos y estudios estranjeros en enseñanzas no universitarias.

Procede, en virtud de la citada ampliación de funciones y servicios, asumirlos de forma expresa, en los términos y condiciones especificados en el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias por el que se amplían los medios adscritos a las funciones y servicios traspasadas a la Comunidad Autónoma de Galicia por el Real decreto 1763/1982, en materia de educación.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión de veintiocho de agosto de dos mil ocho,

DISPONGO:

Artículo 1º.-Asunción del traspaso.

Quedan asumidas las funciones y servicios traspasados por la Administración general del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en virtud del Real decreto 1319/2008, de 24 de julio, sobre ampliación de funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia por el Real decreto 1763/1982, de 24 de julio, en materia de educación: homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros en enseñanzas no universitarias, en los términos y condiciones especificados en el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 23 de junio de 2008, de ampliación de las funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia por el Real decreto 1763/1982, de 24 de julio, publicado como anexo al Real decreto 1319/2008.

Artículo 2º.-Asignación de funciones.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 585/2005, de 29 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, se asignan a la citada consellería las funciones y servicios asumidos.

Artículo 3º.-Efectividad del traspaso.

La asunción de funciones y servicio objeto de este decreto tendrá efectividad a partir de la fecha señalada en el acuerdo de la Comisión Mixta, conforme a lo dispuesto en el Real decreto 1319/2008.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta a la conselleira de Educación y Ordenación Universitaria para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo del presente decreto y para adoptar las medidas precisas para la plena efectividad de las funciones y servicios traspasados.

Segunda.-Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintiocho de agosto de dos mil ocho.

Emilio Pérez Touriño

Presidente

José Luis Méndez Romeu

Conselleiro de Presidencia, Administraciones

Públicas y Justicia