DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 141 Martes, 22 de julio de 2008 Pág. 13.979

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

CORRECCIÓN de errores.-Resolución de 8 de enero de 2008, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se le da publicidad a la instrucción técnica de residuos ITR/01/08, de 8 de enero de 2008, de esta dirección general, referente a la elaboración de suelos (tecnosuelos) derivados de residuos.

Advertidos errores en el texto de la Resolución, publicado en el Diario Oficial de Galicia, nº 18, del 25 de enero de 2008, es necesario publicar la corrección siguiente:

-En la página 1.501, la letra a) del apartado 3.1, debe decir: «a) Suministrar información básica sobe el residuo (tipo y origen, composición, grado de homogeneidad, pH, conductividad eléctrica, granulometría, carbono total, nitrógeno total, fósforo total, potasio total, calcio total, magnesio total, hidrocarburos totales y, si es necesario, otras propiedades características)».

-En la página 1.503, en el párrafo tercero del apartado 3.3 donde dice: «según la norma UNE-EN ESO/IEC 17025», debe decir: «según la norma UNE-EN ISO/IEC 17025».

-En la página 1.504, en la tabla 2, donde dice: «Hg 0,5», debe decir: «Hg 1».

-En la página 1.504, en la tabla 4, donde dice: «Hidrocarburos totales de petróleo 50», debe decir: «Hidrocarburos totales de petróleo 500».

-En la página 1.506, en la tabla correspondiente del anexo I, después del código LER 010308 1, 4 Residuos de polvo... sustancias peligrosas, debe decir: «0104 Residuos de la transformación física y química de minerales no metálicos».

-En la página 1.507, el código LER 020501 del anexo I, debe decir: «020501 2, 5…»

-En la página 1.507, en la tabla del Anexo I, después del código LER 030310 Desechos de fibras....... separación mecánica, debe añadirse el código: «030311 1, 4 Lodos de tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 030310 y que no contengan sustancias peligrosas».

-En la página 1.507, en la tabla del anexo I, después del código LER «040210 Materia orgánica.... cera», debe añadirse el nuevo código: «040220 1, 4 Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 040219 y que no contengan sustancias peligrosas».

-En la página 1.509, en la tabla del anexo I, después del código LER «19 Residuos de las instalaciones... para uso industrial», debe decir: «1905 Residuos del tratamiento aeróbico de residuos sólidos....».

-En la página 1.509, en la tabla del anexo I, después del código LER «1908 Residuos de plantas... en otra categoría», debe decir: «190802 1, 2, 5 Residuos de desarenado....».

-En la página 1.509, en el código LER 190812 del Anexo I, donde dice: «190812 1, 4, 5....», debe decir: «190812 1, 2, 4, 5....».

-En la página 1.509, en el código LER 190814 del Anexo I, donde dice: «190814 1, 4, 5...», debe decir: «190814 1, 2, 4, 5...»

-En la página 1.509, la norma 2 del anexo I, debe decir: «Norma 2. Residuos admisibles siempre que se cumplan los requisitos previstos en la normativa de aplicación, en particular el Reglamento (CE) 1774/2002, por el que se establecen las normas sanitarias...».

-En la página 1.510, en el apartado 4 del Anexo II, donde dice: «ESO-7251: Escherichia coli», debe decir: «ISO-7251: Escherichia coli».

-En la página 1.510, en el apartado 4 del anexo II, donde dice: «UNE-EN-ISO: Salmonella», debe decir: «UNE-EN-ISO-6579: Salmonella».

-En la página 1.510, en el apartado 4 del anexo II, donde dice: «UNE-ESO 14507: pretratamiento», debe decir: «UNE-ISO 14507: pretratamiento».

-En la página 1.511, el apartado c.3 del anexo III, debe decir: «c.3. Declaración del propietario de asumir el control y mantener el uso definido durante el tempo mínimo de seguridad (5 años)».