Examinada la solicitud de inscripción en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago, presentada por la Asociación de Veciños de Santa María de Carballeda de fecha 26 de mayo de 2008.
Visto el Decreto 45/2001, de 1 de febrero, de refundición de la normativa en materia del Camino de Santiago, modificado en parte por el Decreto 209/2002, de 13 de junio.
Visto igualmente el informe de la Subdirección General de Protección de la Ciudad y Caminos de Santiago, emitido de acuerdo con el artículo 23 del mencionado decreto, según el cual las entidades solicitantes deberán tener como finalidad la recuperación, conservación y promoción de los caminos de Santiago, así como la difusión de la cultura derivada de los mismos.
Considerando que según el artículo 26, la solicitud fue presentada según el modelo que figura en el anexo y acompañada de la documentación pertinente.
Considerando que la solicitud presentada cumple las normas establecidas en el decreto de referencia.
RESUELVO:
Que la Asociación de Veciños de Santa María de Carballeda quede inscrita en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago con el número 176.
Santiago de Compostela, 30 de mayo de 2008.
Felipe Arias Vilas
Director general de Patrimonio Cultural