DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Jueves, 03 de julio de 2008 Pág. 13.031

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE TRABAJO

RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2008, de la Dirección General de Promoción de Empleo, por la que se dispone la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de los acuerdos sobre la tasa sectorial de estabilidad alcanzados al amparo de la Orden de 28 de abril de 2008 por la que se establece el procedimiento y los requisitos necesarios para alcanzar los acuerdos sobre la tasa de estabilidad en sectores de actividad.

La orden de 28 de abril de 2008 (DOG nº 85, del 5 de mayo) por la que se establece el procedimiento y los requisitos para alcanzar los acuerdos sobre la tasa de estabilidad en sectores de actividad, establece en el artículo 2 los sectores productivos que podrán ser objeto de acuerdo sobre la tasa sectorial de estabilidad, a los efectos de determinar las tasas de estabilidad inicial y mínima de estos sectores para poder acceder a los incentivos establecidos en la orden de la Consellería de Trabajo que regule el programa de incentivos a los planes empresariales de estabilidad en el empleo, disponiendo en el artículo 6 que los citados acuerdos serán objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Conforme a lo anterior, la Dirección General de Promoción del Empleo

ACUERDA:

Primeiro.-Publicar la tasa de estabilidad inicial del sector y la tasa de estabilidad mínima que deberán alcanzar las empresas del sector con las contrataciones que se realicen en el período octubre 2007 a septiembre 2008, establecidas en los acuerdos recogidos en las actas: acta 1/08, de 16 de mayo de 2008, para el sector de agricultura, acta 1/07, de 20 de mayo de 2008, para el sector de industria textil y de la confección, acta 1/08, de 29 de mayo de 2008, para el sector de comercio, acta 1/08, de 29 de mayo de 2008, para el sector de hostelería, y acta 1/08, de 6 de junio de 2008, para el sector de pompas fúnebres de Galicia, que constan en poder del Consejo Gallego de Relaciones Laborales y que son las que figuran en el anexo.

Santiago de Compostela, 23 de junio de 2008.

Álvaro Ansias Bacelar

Director general de Promoción de Empleo

Ver referencia pdf "12800D008P023.PDF"

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